Abogados del foro , una consulta.
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Re: Abogados del foro , una consulta.
Cada parte corre con los honorarios de sus profesionales. Caso de estimación íntegra o desestimación íntegra de la demanda, la parte vencedora puede reclamación a la contraria que le resarza del gasto incurrido.
polilla- Mensajes : 1633
Fecha de inscripción : 27/05/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
R'as Kal Bhul escribió:Sugar Bug escribió:R'as Kal Bhul escribió:Sugar Bug escribió:hablemos de costas (se dice así?)
en una demanda de divorcio hay que pagar cosas, deduzco. que si el procurador, que si esto, que si lo otro.
quien lo paga? el que presenta la demanda o a medias?
a cuanto puede subir el tema?
es urgente? depende de vuestra respuesta. si paga el que presenta la demanda, pues urgente no es.
Cada uno sus costas, por regla general.
o sea cada uno su abogado, eso es lógico. y en eso no tenía duda.
pero lo del procurador y eso, que no se ni lo que es, pero deduzco que es un señor muy serio con una carpeta de papeles debajo del brazo, eso también a medias? o sea vas tu, le pones una demanda de divorcio a tu mujer y encima ella tiene que pagar? jajajajajajaj!!!!!
Cada uno su procurador.
ENCIMA D UN ABOGADO TENGO QUE PAGAR UN PROCURADOR? pero que cachondeo es este, raskal? es como si tuviera qaue pagar una licencia para trabajar, un montón de imuesos y encima el iva de los materiales! ah, no, calla, que los autónomos ya hacen eso...
Re: Abogados del foro , una consulta.
polilla escribió:Cada parte corre con los honorarios de sus profesionales. Caso de estimación íntegra o desestimación íntegra de la demanda, la parte vencedora puede reclamación a la contraria que le resarza del gasto incurrido.
o sea que de pagar no me escapo...
Re: Abogados del foro , una consulta.
salvo que el divorcio sea de mutuo acuerdo, en ese caso vale con un solo abogado y un solo procurador.R'as Kal Bhul escribió:Sugar Bug escribió:R'as Kal Bhul escribió:Sugar Bug escribió:hablemos de costas (se dice así?)
en una demanda de divorcio hay que pagar cosas, deduzco. que si el procurador, que si esto, que si lo otro.
quien lo paga? el que presenta la demanda o a medias?
a cuanto puede subir el tema?
es urgente? depende de vuestra respuesta. si paga el que presenta la demanda, pues urgente no es.
Cada uno sus costas, por regla general.
o sea cada uno su abogado, eso es lógico. y en eso no tenía duda.
pero lo del procurador y eso, que no se ni lo que es, pero deduzco que es un señor muy serio con una carpeta de papeles debajo del brazo, eso también a medias? o sea vas tu, le pones una demanda de divorcio a tu mujer y encima ella tiene que pagar? jajajajajajaj!!!!!
Cada uno su procurador.
polilla- Mensajes : 1633
Fecha de inscripción : 27/05/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
polilla escribió:salvo que el divorcio sea de mutuo acuerdo, en ese caso vale con un solo abogado y un solo procurador.R'as Kal Bhul escribió:Sugar Bug escribió:R'as Kal Bhul escribió:Sugar Bug escribió:hablemos de costas (se dice así?)
en una demanda de divorcio hay que pagar cosas, deduzco. que si el procurador, que si esto, que si lo otro.
quien lo paga? el que presenta la demanda o a medias?
a cuanto puede subir el tema?
es urgente? depende de vuestra respuesta. si paga el que presenta la demanda, pues urgente no es.
Cada uno sus costas, por regla general.
o sea cada uno su abogado, eso es lógico. y en eso no tenía duda.
pero lo del procurador y eso, que no se ni lo que es, pero deduzco que es un señor muy serio con una carpeta de papeles debajo del brazo, eso también a medias? o sea vas tu, le pones una demanda de divorcio a tu mujer y encima ella tiene que pagar? jajajajajajaj!!!!!
Cada uno su procurador.
bueno, parecía que si hasta que se le ha dicho a la otra parte que todos los muebles de la casa no se los cedo por 300 euros...
Re: Abogados del foro , una consulta.
Sugar Bug escribió:polilla escribió:Cada parte corre con los honorarios de sus profesionales. Caso de estimación íntegra o desestimación íntegra de la demanda, la parte vencedora puede reclamación a la contraria que le resarza del gasto incurrido.
o sea que de pagar no me escapo...
No.
Si eres demandado y decides no comparecerá y no contestar, no incurrirás en esos gastos, pero seguramente la sentencia será peor.
polilla- Mensajes : 1633
Fecha de inscripción : 27/05/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
polilla escribió:Sugar Bug escribió:polilla escribió:Cada parte corre con los honorarios de sus profesionales. Caso de estimación íntegra o desestimación íntegra de la demanda, la parte vencedora puede reclamación a la contraria que le resarza del gasto incurrido.
o sea que de pagar no me escapo...
No.
Si eres demandado y decides no comparecerá y no contestar, no incurrirás en esos gastos, pero seguramente la sentencia será peor.
a ver si con un poco de suerte la dejan hablar a ella en el juicio (que ya se que no) y por lo menos el juez se descojona...
Re: Abogados del foro , una consulta.
Sugar Bug escribió:polilla escribió:Sugar Bug escribió:polilla escribió:Cada parte corre con los honorarios de sus profesionales. Caso de estimación íntegra o desestimación íntegra de la demanda, la parte vencedora puede reclamación a la contraria que le resarza del gasto incurrido.
o sea que de pagar no me escapo...
No.
Si eres demandado y decides no comparecerá y no contestar, no incurrirás en esos gastos, pero seguramente la sentencia será peor.
a ver si con un poco de suerte la dejan hablar a ella en el juicio (que ya se que no) y por lo menos el juez se descojona...
Si pides su interrogatorio tendrá que contestar a las preguntas de tu abogado
polilla- Mensajes : 1633
Fecha de inscripción : 27/05/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
¿Alguien especializado en consumo en la sala? Holaluz me tangó 46 €, porque me informó mal de cuándo podía pedir una baja, cuando les llamé un mes y medio antes de quererme dar de baja, para saber cómo iba el proceso me dijeron que "en cualquier momento". Cuando llamé que ya sabía qué día me iba del piso viejo, a final de mes, me obligaron a pedirlo el primer día del mes siguiente, y encima va y me tarificaron 19 días por no sé qué historias. A pesar de que les informé previamente de que no debían pasarme la factura, me la pasaron igual y la devolví. Total, que les presenté reclamación: ni caso. Han rechazado la mediación de la Oficina del consumidor del Ayuntamiento de Barcelona. No hacen más que llamarme de un supuesto gabinete legal. Pero entiendo que me deberían presentar una demanda formal, ¿no? Notificada en mano y todo eso por el juzgado. ¿Cuál es el paso siguiente que debo dar? ¿Esperar denuncia formal? ¿Denunciarles yo por mala práxis y acoso? He escrito a FACUA pidiendo asesoramiento, pero ni me han contestado.
Gracias de antemano.
Gracias de antemano.
Rhonda- Mensajes : 50780
Fecha de inscripción : 24/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
UP.
Ahora amenazan con meterme en el listado de morosos. ¿Cómo denuncio a estos estafadores?
Ahora amenazan con meterme en el listado de morosos. ¿Cómo denuncio a estos estafadores?
Rhonda- Mensajes : 50780
Fecha de inscripción : 24/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
Hola, Rhonda.
Se exigen 3 requisitos para introducir a una persona en una lista de morosos:
1. Que exista una deuda cierta, vencida, exigible e impagada
2. Que no hayan transcurrido 6 años desde la fecha en que debía haberse pagado
3. Que el deudor haya recibido un requerimiento previo de pago.
La clave reside en la certeza de la deuda. Para que sea cierta, no debe ser impugnada ante un órgano arbitral, judicial o administrativo.
Como consecuencia de lo anterior, si no se está de acuerdo con la deuda y se presenta una reclamación, no deben incluirte en el fichero.
Si incluyen a una persona en el fichero ilegalmente, se tiene derecho a una indemnización por los daños causados.
Se exigen 3 requisitos para introducir a una persona en una lista de morosos:
1. Que exista una deuda cierta, vencida, exigible e impagada
2. Que no hayan transcurrido 6 años desde la fecha en que debía haberse pagado
3. Que el deudor haya recibido un requerimiento previo de pago.
La clave reside en la certeza de la deuda. Para que sea cierta, no debe ser impugnada ante un órgano arbitral, judicial o administrativo.
Como consecuencia de lo anterior, si no se está de acuerdo con la deuda y se presenta una reclamación, no deben incluirte en el fichero.
Si incluyen a una persona en el fichero ilegalmente, se tiene derecho a una indemnización por los daños causados.
Última edición por Dama de Shalott el Mar Mayo 23 2023, 12:19, editado 1 vez
Dama de Shalott- Mensajes : 1033
Fecha de inscripción : 02/04/2022
Re: Abogados del foro , una consulta.
Rhonda escribió:¿Alguien especializado en consumo en la sala? Holaluz me tangó 46 €, porque me informó mal de cuándo podía pedir una baja, cuando les llamé un mes y medio antes de quererme dar de baja, para saber cómo iba el proceso me dijeron que "en cualquier momento". Cuando llamé que ya sabía qué día me iba del piso viejo, a final de mes, me obligaron a pedirlo el primer día del mes siguiente, y encima va y me tarificaron 19 días por no sé qué historias. A pesar de que les informé previamente de que no debían pasarme la factura, me la pasaron igual y la devolví. Total, que les presenté reclamación: ni caso. Han rechazado la mediación de la Oficina del consumidor del Ayuntamiento de Barcelona. No hacen más que llamarme de un supuesto gabinete legal. Pero entiendo que me deberían presentar una demanda formal, ¿no? Notificada en mano y todo eso por el juzgado. ¿Cuál es el paso siguiente que debo dar? ¿Esperar denuncia formal? ¿Denunciarles yo por mala práxis y acoso? He escrito a FACUA pidiendo asesoramiento, pero ni me han contestado.
Gracias de antemano.
Siento decirto esto pero lo mejor que puedes hacer es pagar, aunque tengas razón
Tienes las de perder y más si te meten en una lista de morosos, que eso es una putada enorme a la hora de incluso darte de alta en una compañía telefónica.
Xavi Catalán- Mensajes : 2382
Fecha de inscripción : 28/12/2022
Re: Abogados del foro , una consulta.
Acabo de leer en la Agencia española de protección de datos que no te pueden meter en el listado por importes menores a 50€.
Igualmente, además, como rechazaron el arbitrio con la oficina de consumo del Ayuntamiento, les presentaré por la Generalitat.
Me da tanto coraje, porque me han estafado en mi puta cara. Porque no ha sido un error. Me enganaron con los plazos. Dos veces.
Igualmente, además, como rechazaron el arbitrio con la oficina de consumo del Ayuntamiento, les presentaré por la Generalitat.
Me da tanto coraje, porque me han estafado en mi puta cara. Porque no ha sido un error. Me enganaron con los plazos. Dos veces.
Rhonda- Mensajes : 50780
Fecha de inscripción : 24/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
Rhonda escribió:Acabo de leer en la Agencia española de protección de datos que no te pueden meter en el listado por importes menores a 50€.
Igualmente, además, como rechazaron el arbitrio con la oficina de consumo del Ayuntamiento, les presentaré por la Generalitat.
Me da tanto coraje, porque me han estafado en mi puta cara. Porque no ha sido un error. Me enganaron con los plazos. Dos veces.
Es la hostia como está permitido legalmente que este tipo de compañías nos engañen, nos lo restrieguen en la puta jeta, y que como ciudadanos habitualmente la única opción que nos da el sistema es que nos jodamos.
sapir- Mensajes : 135954
Fecha de inscripción : 18/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
Muchas gracias por vuestros consejos, Esme, Dama y Xavi
Rhonda- Mensajes : 50780
Fecha de inscripción : 24/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
Rhonda escribió:Muchas gracias por vuestros consejos, Esme, Dama y Xavi
sapir- Mensajes : 135954
Fecha de inscripción : 18/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
Rhonda, una opción muy efectiva en estos casos es ponerles en evidencia en las redes sociales, tanto en las suyas propias como en las tuyas. Yo diría que incluso más efectiva que meterte en fregaos legales, incluso aunque tengas las de ganar
_________________
KIM_BACALAO- Moderador
- Mensajes : 51588
Fecha de inscripción : 24/03/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
KIM_BACALAO escribió:Rhonda, una opción muy efectiva en estos casos es ponerles en evidencia en las redes sociales, tanto en las suyas propias como en las tuyas. Yo diría que incluso más efectiva que meterte en fregaos legales, incluso aunque tengas las de ganar
Donde trabajo ahora hay un departamento sobre redes sociales que consiste básicamente en eso. Pasamos de tu culo como cliente y nos aprovechamos de ti pero si en las redes sociales se genera ruido sobre un problema te lamemos lo que haga falta.
sapir- Mensajes : 135954
Fecha de inscripción : 18/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
sapir escribió:KIM_BACALAO escribió:Rhonda, una opción muy efectiva en estos casos es ponerles en evidencia en las redes sociales, tanto en las suyas propias como en las tuyas. Yo diría que incluso más efectiva que meterte en fregaos legales, incluso aunque tengas las de ganar
Donde trabajo ahora hay un departamento sobre redes sociales que consiste básicamente en eso. Pasamos de tu culo como cliente y nos aprovechamos de ti pero si en las redes sociales se genera ruido sobre un problema te lamemos lo que haga falta.
Ya lo he hecho. Por Twitter y Google. Pero ahora, tal como decía...
Hala, a mamarla, ladrones.
Rhonda- Mensajes : 50780
Fecha de inscripción : 24/10/2011
Re: Abogados del foro , una consulta.
KIM_BACALAO escribió:Rhonda, una opción muy efectiva en estos casos es ponerles en evidencia en las redes sociales, tanto en las suyas propias como en las tuyas. Yo diría que incluso más efectiva que meterte en fregaos legales, incluso aunque tengas las de ganar
En absoluto, mi experiencia con Naturgy es que se la suda y además son tan cínicos que después de mandarles a paseo te siguen llamando cada 15 días, desde diferentes números, para plantearte volver con ellos. Mi discrepancia era por 60 o 70 euros que me cobraban de más injustamente. Con tal de romper cuanto antes con ellos los pagué.
Boohan- Mensajes : 54508
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
Y ánimo, Sugar. Que vaya lo mejor posible.
Boohan- Mensajes : 54508
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
Boohan escribió:Y ánimo, Sugar. Que vaya lo mejor posible.
Gracias. Al final se pagó más i menos poco porque compartimos procurador y abogado. Lo que habia que discutir fueron migajas y no compensaba meterse en embrollos.
Re: Abogados del foro , una consulta.
Sugar Bug escribió:Boohan escribió:Y ánimo, Sugar. Que vaya lo mejor posible.
Gracias. Al final se pagó más i menos poco porque compartimos procurador y abogado. Lo que habia que discutir fueron migajas y no compensaba meterse en embrollos.
Me alegro, mejor así.
Ahora a tope con el Tinder. Bueno, tú ya con el Meetic
Boohan- Mensajes : 54508
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: Abogados del foro , una consulta.
Boohan escribió:Sugar Bug escribió:Boohan escribió:Y ánimo, Sugar. Que vaya lo mejor posible.
Gracias. Al final se pagó más i menos poco porque compartimos procurador y abogado. Lo que habia que discutir fueron migajas y no compensaba meterse en embrollos.
Me alegro, mejor así.
Ahora a tope con el Tinder. Bueno, tú ya con el Meetic
Inserso.es
Re: Abogados del foro , una consulta.
Me sabe mal asaltaros de esta manera, pero es que tengo un amigo en shock y no sabe si puede y/o debe hacer algo.
Es un hombre cuya pareja -otro hombre con el que lleva conviviendo casi 30 años- está a punto de morir.
Ni se casaron, ni son pareja de hecho. Pero llevan empadronados en la misma vivienda décadas.
La casa se la deja en herencia.
La duda reside en si tiene algún derecho a una pensión como "viudo".
Evidentemente, el no tiene ganas ni fuerzas para informarse. De hecho, se siente sucio al hablar de este tema.
Pero al menos, quiero que conozca en que situación se encontrará. Y luego que haga lo que crea conveniente.
Merci.
Es un hombre cuya pareja -otro hombre con el que lleva conviviendo casi 30 años- está a punto de morir.
Ni se casaron, ni son pareja de hecho. Pero llevan empadronados en la misma vivienda décadas.
La casa se la deja en herencia.
La duda reside en si tiene algún derecho a una pensión como "viudo".
Evidentemente, el no tiene ganas ni fuerzas para informarse. De hecho, se siente sucio al hablar de este tema.
Pero al menos, quiero que conozca en que situación se encontrará. Y luego que haga lo que crea conveniente.
Merci.
Enric67- Mensajes : 39024
Fecha de inscripción : 23/12/2012
Re: Abogados del foro , una consulta.
Enric67 escribió:Me sabe mal asaltaros de esta manera, pero es que tengo un amigo en shock y no sabe si puede y/o debe hacer algo.
Es un hombre cuya pareja -otro hombre con el que lleva conviviendo casi 30 años- está a punto de morir.
Ni se casaron, ni son pareja de hecho. Pero llevan empadronados en la misma vivienda décadas.
La casa se la deja en herencia.
La duda reside en si tiene algún derecho a una pensión como "viudo".
Evidentemente, el no tiene ganas ni fuerzas para informarse. De hecho, se siente sucio al hablar de este tema.
Pero al menos, quiero que conozca en que situación se encontrará. Y luego que haga lo que crea conveniente.
Merci.
Hola.
Siento decirte que por lo que cuentas parece que no cumple los requisitos legales para obtener la pensión de viudedad pues no acreditaría de la forma que exige la normativa que son pareja de hecho.
Artículo 221. Pensión de viudedad de parejas de hecho.
1. También tendrán derecho a la pensión de viudedad, con carácter vitalicio, salvo que se produzca alguna de las causas de extinción que legal o reglamentariamente se establezcan, quienes cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 219, se encuentren unidos al causante en el momento de su fallecimiento como pareja de hecho.
2. A efectos de lo establecido en este artículo, se reconocerá como pareja de hecho la constituida, con análoga relación de afectividad a la conyugal, por quienes, no hallándose impedidos para contraer matrimonio, no tengan vínculo matrimonial con otra persona ni constituida pareja de hecho, y acrediten, mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, una convivencia estable y notoria con carácter inmediato al fallecimiento del causante y con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años, salvo que existan hijos en común, en cuyo caso solo deberán acreditar la constitución de la pareja de hecho de conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.
La existencia de pareja de hecho se acreditará mediante certificación de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o mediante documento público en el que conste la constitución de dicha pareja. Tanto la mencionada inscripción como la formalización del correspondiente documento público deberán haberse producido con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha del fallecimiento del causante.
Si lo quiere pelear en los Tribunales...
Dama de Shalott- Mensajes : 1033
Fecha de inscripción : 02/04/2022
Re: Abogados del foro , una consulta.
Gracias por la información.
Enric67- Mensajes : 39024
Fecha de inscripción : 23/12/2012
Re: Abogados del foro , una consulta.
El artículo 219.2 de la LGSS.
2. En los supuestos excepcionales en que el fallecimiento del causante derivara de enfermedad común, no sobrevenida tras el vínculo conyugal, se requerirá, además, que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación como mínimo a la fecha del fallecimiento o, alternativamente, la existencia de hijos comunes. No se exigirá dicha duración del vínculo matrimonial cuando en la fecha de celebración del mismo se acreditara un período de convivencia con el causante, en los términos establecidos en el artículo 221.2, que, sumado al de duración del matrimonio, hubiera superado los dos años.
Si se permite el consejo, debería casarse. Si están empadronados en el mismo domicilio no será difícil acreditar la convivencia durante dos años.
2. En los supuestos excepcionales en que el fallecimiento del causante derivara de enfermedad común, no sobrevenida tras el vínculo conyugal, se requerirá, además, que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación como mínimo a la fecha del fallecimiento o, alternativamente, la existencia de hijos comunes. No se exigirá dicha duración del vínculo matrimonial cuando en la fecha de celebración del mismo se acreditara un período de convivencia con el causante, en los términos establecidos en el artículo 221.2, que, sumado al de duración del matrimonio, hubiera superado los dos años.
Si se permite el consejo, debería casarse. Si están empadronados en el mismo domicilio no será difícil acreditar la convivencia durante dos años.
polilla- Mensajes : 1633
Fecha de inscripción : 27/05/2008
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