supresión de la paga extra de navidad
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supresión de la paga extra de navidad
una consulta para los letrados del foro
¿se podría considerar "incumplimiento de contrato"? ¿qué posibilidades hay de que un juzgado de lo social admitiese a trámite una denuncia colectiva en ese sentido y diese la razón a la parte denunciante?
gracias por su interés
¿se podría considerar "incumplimiento de contrato"? ¿qué posibilidades hay de que un juzgado de lo social admitiese a trámite una denuncia colectiva en ese sentido y diese la razón a la parte denunciante?
gracias por su interés
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
a mi la extra de navidad dejo de preocuparme en el mismo momento que me la quitaron... ahora la que me preocupa es la de verano que ya veremos lo que nos dura
polaris- Mensajes : 16837
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
En todo caso, de prosperar un recurso en este sentido, y conociendo los tiempos judiciales, yo no esperaría que se hiciese efectivo el abono de dicha extra antes de como mínimo dos años, así que este año no contaría con ella de ninguna de las maneras, a no ser que descubran petroleo a manta en los monegros o algo así.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
En todo caso, de prosperar un recurso en este sentido, y conociendo los tiempos judiciales, yo no esperaría que se hiciese efectivo el abono de dicha extra antes de como mínimo dos años, así que este año no contaría con ella de ninguna de las maneras, a no ser que descubran petroleo a manta en los monegros o algo así.
Última edición por Godofredo el Mar 18 Sep 2012 - 17:26, editado 1 vez
Godofredo- Mensajes : 145725
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
la ley de CEXMA dice que las relaciones laborales se rigen estrictamente por la legislación laboral común... aunque para la supresión de la paga la justifican en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio
Última edición por Perimaggot el Mar 18 Sep 2012 - 17:30, editado 1 vez
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Lo que le están haciendo a la gente no tiene nombre. Dan ganas de poner bombas a lo Leviathan.
Dani- Mensajes : 44198
Fecha de inscripción : 12/08/2010
Re: supresión de la paga extra de navidad
javiviramone escribió:no me han dao tiempo ni a cobrar una
hijosdeputa
mejor, hazme caso, luego les coges cariño y se hace mas duro
polaris- Mensajes : 16837
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
elDani escribió:Lo que le están haciendo a la gente no tiene nombre. Dan ganas de poner bombas a lo Leviathan.
si que lo tiene, se llama putada
polaris- Mensajes : 16837
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Godo, acabo de revisarlo, nada de contenciosos administrativos. Nos rige la legislación laboral común, y por tanto iríamos a un juzgado de lo social
por supuesto, si la medida, como DEMANDA COLECTIVA, se toma a instancias del comité de empresa, los sindicatos pondrían los abogados...
por supuesto, si la medida, como DEMANDA COLECTIVA, se toma a instancias del comité de empresa, los sindicatos pondrían los abogados...
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
En todo caso, de prosperar un recurso en este sentido, y conociendo los tiempos judiciales, yo no esperaría que se hiciese efectivo el abono de dicha extra antes de como mínimo dos años, así que este año no contaría con ella de ninguna de las maneras, a no ser que descubran petroleo a manta en los monegros o algo así.
por los antecedentes vividos con anterioridad los tribunales te pueden dar la razon pero decirte que como no hay un duro no vas a cobrar... eso ya paso con una subida de 15000 pelas pactada entre los sindicatos de mi sector y Mariano en su epoca de ministro del interior
polaris- Mensajes : 16837
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
la ley de CEXMA dice que las relaciones laborales se rigen estrictamente por el derecho privado... aunque para la supresión de la paga la justifican en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio
Lo acabo de mirar, que hoy he decidido que no curro más...
El RDL 20/2012 dice:
Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.
Y la Ley 2/2012 a su vez dispone:
Artículo 22. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
Uno. A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:
a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución.
f) Las sociedades mercantiles públicas.
g) Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.
Y por último, la Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA, veo que reza:
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto la creación de la empresa pública Corporación de Medios Audiovisuales de Extremadura (CEXMA) y la regulación de los servicios de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Extremadura. El ámbito geográfico de estos servicios abarca la totalidad del territorio de la Comunidad.
Vamos, lo veo muy complicado... más dudoso en el caso de un amigo que está en INECO y al que posiblemente le quiten también la extra por trabajar en proyectos de una empresa pública, que casos como ese se están dando a manta por lo visto.
Polaris también tiene razón en lo que comenta, la Administración para estas cosas (como para casi todas) tiene la sartén por el mango y la vía judicial tiene difícil apaño.
Godofredo- Mensajes : 145725
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
la ley de CEXMA dice que las relaciones laborales se rigen estrictamente por el derecho privado... aunque para la supresión de la paga la justifican en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio
Lo acabo de mirar, que hoy he decidido que no curro más...
El RDL 20/2012 dice:
Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.
Y la Ley 2/2012 a su vez dispone:
Artículo 22. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
Uno. A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:
a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución.
f) Las sociedades mercantiles públicas.
g) Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.
Y por último, la Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA, veo que reza:
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto la creación de la empresa pública Corporación de Medios Audiovisuales de Extremadura (CEXMA) y la regulación de los servicios de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Extremadura. El ámbito geográfico de estos servicios abarca la totalidad del territorio de la Comunidad.
Vamos, lo veo muy complicado... más dudoso en el caso de un amigo que está en INECO y al que posiblemente le quiten también la extra por trabajar en proyectos de una empresa pública, que casos como ese se están dando a manta por lo visto.
Polaris también tiene razón en lo que comenta, la Administración para estas cosas (como para casi todas) tiene la sartén por el mango y la vía judicial tiene difícil apaño.
Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA: Artículo 30
1.- Las relaciones de trabajo de la Empresa Pública "Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales" y de sus sociedades filiales se regirán por la legislación laboral común
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Lo que jode es el nombre, paga extra. Que parece como un a mas a mas, un regalo cortesia de la empresa. Que joder, al final es lo mismo, te lo dividan en 12 o en 14
Invitado_Z- Mensajes : 18075
Fecha de inscripción : 13/04/2009
Re: supresión de la paga extra de navidad
Zulander escribió:Lo que jode es el nombre, paga extra. Que parece como un a mas a mas, un regalo cortesia de la empresa. Que joder, al final es lo mismo, te lo dividan en 12 o en 14
por otra parte, y con respecto a lo que consultaba, mi gozo en un pozo. De prosperar una demanda por modificación sustancial de las condiciones del contrato, la opción que daría la sentencia, en el mejor de los casos, es que quién no esté de acuerdo con dicha modificación, pueda irse con una indemnización de 20 días por año trabajado...
en fin... quién hace la ley...
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Sois personal laboral, tenéis un contrato laboral, y por tanto rige la jurisdicción social. De ahí lo que figura en el CEXMA ese.
Murdock- Mensajes : 15437
Fecha de inscripción : 03/06/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Lo que están plateando actualmente, Peri, es que se reintegre parte de la paga extraordinaria que se ha devengado desde el 1 junio, hasta la entrada en vigor de la ley, el 14 de julio, invocando a la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales. A mi criterio jurídico, es de difícil encaje. Pero en fin, ahora mismo es lo que hay.
Murdock- Mensajes : 15437
Fecha de inscripción : 03/06/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
javiviramone escribió:aqui los compis con lo que estanmas rallaos es que con los 8 dias de asuntos personales apañaban los 4 dias de navidad y los 4 de semana santa
y ahora no podran y estan que trinan
¿Compis de la Generalitat? En el estado son 6 y los reducirán a 3.
Otro atraco.
red_mosquito- Mensajes : 40956
Fecha de inscripción : 28/09/2009
Re: supresión de la paga extra de navidad
javiviramone escribió:red_mosquito escribió:javiviramone escribió:aqui los compis con lo que estanmas rallaos es que con los 8 dias de asuntos personales apañaban los 4 dias de navidad y los 4 de semana santa
y ahora no podran y estan que trinan
¿Compis de la Generalitat? En el estado son 6 y los reducirán a 3.
Otro atraco.
ajuntament bcn
de 8 a 5
Pero a partir de 2013, los que te corresponden de 2012 no te los pueden quitar.
Murdock- Mensajes : 15437
Fecha de inscripción : 03/06/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
la ley de CEXMA dice que las relaciones laborales se rigen estrictamente por el derecho privado... aunque para la supresión de la paga la justifican en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio
Lo acabo de mirar, que hoy he decidido que no curro más...
El RDL 20/2012 dice:
Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.
Y la Ley 2/2012 a su vez dispone:
Artículo 22. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
Uno. A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:
a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución.
f) Las sociedades mercantiles públicas.
g) Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.
Y por último, la Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA, veo que reza:
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto la creación de la empresa pública Corporación de Medios Audiovisuales de Extremadura (CEXMA) y la regulación de los servicios de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Extremadura. El ámbito geográfico de estos servicios abarca la totalidad del territorio de la Comunidad.
Vamos, lo veo muy complicado... más dudoso en el caso de un amigo que está en INECO y al que posiblemente le quiten también la extra por trabajar en proyectos de una empresa pública, que casos como ese se están dando a manta por lo visto.
Polaris también tiene razón en lo que comenta, la Administración para estas cosas (como para casi todas) tiene la sartén por el mango y la vía judicial tiene difícil apaño.
Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA: Artículo 30
1.- Las relaciones de trabajo de la Empresa Pública "Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales" y de sus sociedades filiales se regirán por la legislación laboral común
Está claro, lo vi antes, y lo que dice Murdock es cierto... pero que os podáis "escapar" del RDL del gobierno, en los términos en los que está redactado, a día de hoy lo veo azul oscuro tirando a petróleo.
Godofredo- Mensajes : 145725
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
la ley de CEXMA dice que las relaciones laborales se rigen estrictamente por el derecho privado... aunque para la supresión de la paga la justifican en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio
Lo acabo de mirar, que hoy he decidido que no curro más...
El RDL 20/2012 dice:
Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.
Y la Ley 2/2012 a su vez dispone:
Artículo 22. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
Uno. A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:
a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución.
f) Las sociedades mercantiles públicas.
g) Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.
Y por último, la Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA, veo que reza:
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto la creación de la empresa pública Corporación de Medios Audiovisuales de Extremadura (CEXMA) y la regulación de los servicios de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Extremadura. El ámbito geográfico de estos servicios abarca la totalidad del territorio de la Comunidad.
Vamos, lo veo muy complicado... más dudoso en el caso de un amigo que está en INECO y al que posiblemente le quiten también la extra por trabajar en proyectos de una empresa pública, que casos como ese se están dando a manta por lo visto.
Polaris también tiene razón en lo que comenta, la Administración para estas cosas (como para casi todas) tiene la sartén por el mango y la vía judicial tiene difícil apaño.
Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA: Artículo 30
1.- Las relaciones de trabajo de la Empresa Pública "Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales" y de sus sociedades filiales se regirán por la legislación laboral común
Está claro, lo vi antes, y lo que dice Murdock es cierto... pero que os podáis "escapar" del RDL del gobierno, en los términos en los que está redactado, a día de hoy lo veo azul oscuro tirando a petróleo.
difícil está, ya te digo, lee un poco más abajo del post que quoteas y verás...
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
la ley de CEXMA dice que las relaciones laborales se rigen estrictamente por el derecho privado... aunque para la supresión de la paga la justifican en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio
Lo acabo de mirar, que hoy he decidido que no curro más...
El RDL 20/2012 dice:
Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.
Y la Ley 2/2012 a su vez dispone:
Artículo 22. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
Uno. A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:
a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución.
f) Las sociedades mercantiles públicas.
g) Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.
Y por último, la Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA, veo que reza:
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto la creación de la empresa pública Corporación de Medios Audiovisuales de Extremadura (CEXMA) y la regulación de los servicios de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Extremadura. El ámbito geográfico de estos servicios abarca la totalidad del territorio de la Comunidad.
Vamos, lo veo muy complicado... más dudoso en el caso de un amigo que está en INECO y al que posiblemente le quiten también la extra por trabajar en proyectos de una empresa pública, que casos como ese se están dando a manta por lo visto.
Polaris también tiene razón en lo que comenta, la Administración para estas cosas (como para casi todas) tiene la sartén por el mango y la vía judicial tiene difícil apaño.
Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA: Artículo 30
1.- Las relaciones de trabajo de la Empresa Pública "Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales" y de sus sociedades filiales se regirán por la legislación laboral común
Está claro, lo vi antes, y lo que dice Murdock es cierto... pero que os podáis "escapar" del RDL del gobierno, en los términos en los que está redactado, a día de hoy lo veo azul oscuro tirando a petróleo.
Es más, Murdock va a tener que defender eso ante un juez
Murdock- Mensajes : 15437
Fecha de inscripción : 03/06/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Murdock escribió:Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Perimaggot escribió:Godofredo escribió:Que yo sepa, la jurisdicción competente para las relaciones laborales de los empleados públicos es la contencioso-administrativa, peri, no son competentes los juzgados de lo social.
No lo veo fácil, y desde luego la iniciativa tendría que venir del CSIF o del sindicato que fuera, individualmente es misión imposible y tirar el dinero.
la ley de CEXMA dice que las relaciones laborales se rigen estrictamente por el derecho privado... aunque para la supresión de la paga la justifican en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio
Lo acabo de mirar, que hoy he decidido que no curro más...
El RDL 20/2012 dice:
Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.
Y la Ley 2/2012 a su vez dispone:
Artículo 22. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
Uno. A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:
a) La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
c) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
d) Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
e) Los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución.
f) Las sociedades mercantiles públicas.
g) Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.
Y por último, la Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA, veo que reza:
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto la creación de la empresa pública Corporación de Medios Audiovisuales de Extremadura (CEXMA) y la regulación de los servicios de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Extremadura. El ámbito geográfico de estos servicios abarca la totalidad del territorio de la Comunidad.
Vamos, lo veo muy complicado... más dudoso en el caso de un amigo que está en INECO y al que posiblemente le quiten también la extra por trabajar en proyectos de una empresa pública, que casos como ese se están dando a manta por lo visto.
Polaris también tiene razón en lo que comenta, la Administración para estas cosas (como para casi todas) tiene la sartén por el mango y la vía judicial tiene difícil apaño.
Ley 4/2000 por la que se crea el CEXMA: Artículo 30
1.- Las relaciones de trabajo de la Empresa Pública "Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales" y de sus sociedades filiales se regirán por la legislación laboral común
Está claro, lo vi antes, y lo que dice Murdock es cierto... pero que os podáis "escapar" del RDL del gobierno, en los términos en los que está redactado, a día de hoy lo veo azul oscuro tirando a petróleo.
Es más, Murdock va a tener que defender eso ante un juez
¡Ole tus huevos compañero!
Este año pasado he "llevado" un par de demandas laborales con erótico resultado (eran 2+2, tampoco tiene ningún mérito) y he de reconocerlo, y entre eso y lo que asesoro (sólo, por ahora) a mi novia y sus compañeras que trabajan en Mordor, me ha vuelto a picar el gusanillo de la toga. Pero espero no tener que hacerlo por cojones el año que viene, que tal y como está mi empresa (de las dos o tres que sobreviven y malamente del sector) no se yo lo que vamos a durar
Godofredo- Mensajes : 145725
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Ese gusanillo no lo perderás en la puta vida, amigo Godofredo.
Se tiene o no se tiene.
Se tiene o no se tiene.
Murdock- Mensajes : 15437
Fecha de inscripción : 03/06/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
te roban el sueldo de un mes, pero no te joden el mes de marzo te joden el supuesto regalo.Zulander escribió:Lo que jode es el nombre, paga extra. Que parece como un a mas a mas, un regalo cortesia de la empresa. Que joder, al final es lo mismo, te lo dividan en 12 o en 14
es invento franquista ,no?algo me suena que la paga extra de verano se daba en una fecha concreta por alguna historia de Franco y creo que eso de las pagas extras no existen en otros países.
A mi mujer le van diciendo si va a cobrar cada mes pero lo de la de navidad lo sabia hace unos meses y ya le han ido jodiendo 5% sin ser funcionaria aunque trabaja en una empresa privada dentro de un hospital publico, en fin. Este país se levanta en la mierda, se hace de mierda y apesta a mierda
Re: supresión de la paga extra de navidad
Ricky´s Appetite escribió:te roban el sueldo de un mes, pero no te joden el mes de marzo te joden el supuesto regalo.Zulander escribió:Lo que jode es el nombre, paga extra. Que parece como un a mas a mas, un regalo cortesia de la empresa. Que joder, al final es lo mismo, te lo dividan en 12 o en 14
es invento franquista ,no?algo me suena que la paga extra de verano se daba en una fecha concreta por alguna historia de Franco y creo que eso de las pagas extras no existen en otros países.
A mi mujer le van diciendo si va a cobrar cada mes pero lo de la de navidad lo sabia hace unos meses y ya le han ido jodiendo 5% sin ser funcionaria aunque trabaja en una empresa privada dentro de un hospital publico, en fin. Este país se levanta en la mierda, se hace de mierda y apesta a mierda
La paga extra se daba el 18 de julio para conmemorar el alzamiento franquista. Digo se daba porque a nosotros todavia no nos a llegado la de este año, y la de navidades, habra que ver...
pantxo- Mensajes : 50140
Fecha de inscripción : 22/09/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
todavia no le habeis aplastado los testis con la puerta al barbitas, pan?
vyvyan- Mensajes : 26211
Fecha de inscripción : 24/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
aqui otro interino de mierda sin la extra de Navidad, voy haciendo "trabajos extra" por las tardes para compensar...
thunderpussy- Mensajes : 28152
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
A mi creo que me la respetan. La que me van a volar es la paga de abril. De 4 pagas extras que tenía me quedan 2
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
bueno, pues ya es oficial
Bueno, pues ya es definitivo, el GOBIERNO DE EXTREMADURA ha decidido suprimir la paga de navidad a TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS... incluidos los trabajadores de las empresas públicas, aunque sus relaciones laborales se rijan por el derecho laboral común, trabajen 40 horas semanales y sus salarios sean un 15% más bajos que en el resto de la administración regional...
eso significa, así a bote pronto, que este año trabajaré 124 horas gratis... como poco
Bueno, pues ya es definitivo, el GOBIERNO DE EXTREMADURA ha decidido suprimir la paga de navidad a TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS... incluidos los trabajadores de las empresas públicas, aunque sus relaciones laborales se rijan por el derecho laboral común, trabajen 40 horas semanales y sus salarios sean un 15% más bajos que en el resto de la administración regional...
eso significa, así a bote pronto, que este año trabajaré 124 horas gratis... como poco
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
HankIV escribió:y luego dicen que votar sirve de algo, ....
Si hombre, sirve para que te abonen 47 euros ó en su defecto 26
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
La que pregunta que me hago ahora que ya han quitado la paga extraordinaria, es que a cada trababajador nos aplican un % de irpf según el sueldo bruto anual que ganas.
Pero ahora realmente cobras menos, luego ¿no te deberían bajar la cotización del IRPF?
Pero ahora realmente cobras menos, luego ¿no te deberían bajar la cotización del IRPF?
Dabidigo- Mensajes : 6782
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
eldritch escribió:HankIV escribió:y luego dicen que votar sirve de algo, ....
Si hombre, sirve para que te abonen 47 euros ó en su defecto 26
y esa diferencia de 21 ?
Re: supresión de la paga extra de navidad
Depende el turno de trabajo que tengas
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
HankIV escribió:no entiendo una mierda, .. jeje
Yo si trabajo los domingos, por eso, a los funcionarios eso no les afecta
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Re: supresión de la paga extra de navidad
HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
eldritch escribió:HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
mi elección ha sido no hacerlo nunca
Re: supresión de la paga extra de navidad
HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
mi elección ha sido no hacerlo nunca
Y me parece perfecto. El voto es un derecho no un deber
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
mi elección ha sido no hacerlo nunca
Y me parece perfecto. El voto es un derecho no un deber
genial, ..... quiza sea egoismo, no lo sé, solamente que no me siento parte de ello, ....... por otro lado el tema de la paga extra sí que ha afectado a mi familia, mi madre, hermano, tía, etc, son profesores, ....
Re: supresión de la paga extra de navidad
HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
mi elección ha sido no hacerlo nunca
Y me parece perfecto. El voto es un derecho no un deber
genial, ..... quiza sea egoismo, no lo sé, solamente que no me siento parte de ello, ....... por otro lado el tema de la paga extra sí que ha afectado a mi familia, mi madre, hermano, tía, etc, son profesores, ....
Si, yo también conozco mucha gente que le ha afectado. Eso se llama robar
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
mi elección ha sido no hacerlo nunca
Y me parece perfecto. El voto es un derecho no un deber
genial, ..... quiza sea egoismo, no lo sé, solamente que no me siento parte de ello, ....... por otro lado el tema de la paga extra sí que ha afectado a mi familia, mi madre, hermano, tía, etc, son profesores, ....
Si, yo también conozco mucha gente que le ha afectado. Eso se llama robar
a veces creo que no estamos tan lejos de las repúblicas bananeras donde he vivido
Re: supresión de la paga extra de navidad
HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
mi elección ha sido no hacerlo nunca
Y me parece perfecto. El voto es un derecho no un deber
genial, ..... quiza sea egoismo, no lo sé, solamente que no me siento parte de ello, ....... por otro lado el tema de la paga extra sí que ha afectado a mi familia, mi madre, hermano, tía, etc, son profesores, ....
Si, yo también conozco mucha gente que le ha afectado. Eso se llama robar
a veces creo que no estamos tan lejos de las repúblicas bananeras donde he vivido
Pues seguro. Allí no habrá tanto dónde vilipendiar
eldritch- Mensajes : 2650
Fecha de inscripción : 11/09/2012
Re: supresión de la paga extra de navidad
eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:eldritch escribió:HankIV escribió:ah vale, a mi tampoco, yo trabajo de lunes a viernes y no he votado en mi puta vida, en ninguno de los países donde he vivido
Pues yo siempre he votado, en todas las elecciones
mi elección ha sido no hacerlo nunca
Y me parece perfecto. El voto es un derecho no un deber
genial, ..... quiza sea egoismo, no lo sé, solamente que no me siento parte de ello, ....... por otro lado el tema de la paga extra sí que ha afectado a mi familia, mi madre, hermano, tía, etc, son profesores, ....
Si, yo también conozco mucha gente que le ha afectado. Eso se llama robar
a veces creo que no estamos tan lejos de las repúblicas bananeras donde he vivido
Pues seguro. Allí no habrá tanto dónde vilipendiar
allí la diferencia es que compras el voto a cambio de una bolsita de arroz y media libra de pollo
Re: supresión de la paga extra de navidad
guay, el mismo día que nos anuncian la supresión de la paga de navidad se presenta públicamente al nuevo fichaje de la cadena: Fernando Olmeda
stupendo...
stupendo...
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Peri, no te metas en la conversación de Hank y eldritch.
Que falta de respeto, por dios
Que falta de respeto, por dios
Dabidigo- Mensajes : 6782
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: supresión de la paga extra de navidad
Dabidigo escribió:Peri, no te metas en la conversación de Hank y eldritch.
Que falta de respeto, por dios
Perimaggot- Mensajes : 35025
Fecha de inscripción : 20/05/2008
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