¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
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Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
¿No tienes tu alta de autónomo? Ahi viene.
Si tienes certificado mira aquí: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/EmpresasyProfDetalle/!ut/p/z1/pVNNc9owEP0r5OCj2ZVkjN2bk2EgFMoQoGBfMv6QjFJsObaKw7-vTHpoZ4oznei2q7fat2-fIIIDRGV8lnmspSrjk4nDyH1mxHWIj2QxxccJBrvl153P1my6ZvAdIojSUlf6CGHDM_6cqlLzUmaqsbBLWMiLquZNbGJZClUXvBlcBimvtRQyja9AipQ5fvdWlcoMQppk3BeJsGlGYttxsrGduJTaQmSJGLlu7HEf9n3k0EeI-rm_1-ONE3xYP-8FBKNOPVovH5a5GSvWR7sbHw43RIADkltXoWE6_qMTuXcwIKutS2cTgisX9mfJW9iVptpsbfOfQs7wd4fRykMyR7pAd-lh4K83u8U3wqZIP9lh_pGWRir58voaBcZNnYHeNBw-bad9x7J_Rb2Aq4eugB6TmNHyk0reP0tQJswz66654DWvhz9rkz5qXTVfLLSwbdthrlR-4sNUFRb-q-SoGjP730jY8AaqovDYRdpRaIfzc9tuRbG3fzx5F3Y658Hd3S-rpk_i/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
Ahi viene
Si tienes certificado mira aquí: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/EmpresasyProfDetalle/!ut/p/z1/pVNNc9owEP0r5OCj2ZVkjN2bk2EgFMoQoGBfMv6QjFJsObaKw7-vTHpoZ4oznei2q7fat2-fIIIDRGV8lnmspSrjk4nDyH1mxHWIj2QxxccJBrvl153P1my6ZvAdIojSUlf6CGHDM_6cqlLzUmaqsbBLWMiLquZNbGJZClUXvBlcBimvtRQyja9AipQ5fvdWlcoMQppk3BeJsGlGYttxsrGduJTaQmSJGLlu7HEf9n3k0EeI-rm_1-ONE3xYP-8FBKNOPVovH5a5GSvWR7sbHw43RIADkltXoWE6_qMTuXcwIKutS2cTgisX9mfJW9iVptpsbfOfQs7wd4fRykMyR7pAd-lh4K83u8U3wqZIP9lh_pGWRir58voaBcZNnYHeNBw-bad9x7J_Rb2Aq4eugB6TmNHyk0reP0tQJswz66654DWvhz9rkz5qXTVfLLSwbdthrlR-4sNUFRb-q-SoGjP730jY8AaqovDYRdpRaIfzc9tuRbG3fzx5F3Y658Hd3S-rpk_i/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
Ahi viene
Victor_S_S- Mensajes : 1947
Fecha de inscripción : 25/04/2017
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Se va a devolver la parte prorrateada del 14 de marzo al 31.Slovako escribió:danitoledo escribió:Infernu escribió:Y otra cosa, te ayudan si ganas un 75% menos que la media del trimestre o semestre anterior, no recuerdo.
O sea, los que han cerrado, a los demás, nos tratan como si ganáramos miles de euros al mes.
Y por cierto si pasan la cuota de autónomos, a los que pertenecen a los epígrafes correspondientes a actividades cerradas por ley les podrían haber ingresado la ayuda automáticamente
Y se supone que a los que tenemos que cerrar nos condonan la couta, así que ésta de marzo deberían devolverla.
Yo es lo que tenía entendido, que a los que tuvieron que cerrar por cojones el 14 la cuota se le devolverá. El caso es saber cuando.
SeñorLobo- Mensajes : 2929
Fecha de inscripción : 18/05/2009
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Victor_S_S escribió:¿No tienes tu alta de autónomo? Ahi viene.
Si tienes certificado mira aquí: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/EmpresasyProfDetalle/!ut/p/z1/pVNNc9owEP0r5OCj2ZVkjN2bk2EgFMoQoGBfMv6QjFJsObaKw7-vTHpoZ4oznei2q7fat2-fIIIDRGV8lnmspSrjk4nDyH1mxHWIj2QxxccJBrvl153P1my6ZvAdIojSUlf6CGHDM_6cqlLzUmaqsbBLWMiLquZNbGJZClUXvBlcBimvtRQyja9AipQ5fvdWlcoMQppk3BeJsGlGYttxsrGduJTaQmSJGLlu7HEf9n3k0EeI-rm_1-ONE3xYP-8FBKNOPVovH5a5GSvWR7sbHw43RIADkltXoWE6_qMTuXcwIKutS2cTgisX9mfJW9iVptpsbfOfQs7wd4fRykMyR7pAd-lh4K83u8U3wqZIP9lh_pGWRir58voaBcZNnYHeNBw-bad9x7J_Rb2Aq4eugB6TmNHyk0reP0tQJswz66654DWvhz9rkz5qXTVfLLSwbdthrlR-4sNUFRb-q-SoGjP730jY8AaqovDYRdpRaIfzc9tuRbG3fzx5F3Y658Hd3S-rpk_i/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
Ahi viene
¡Gracias! Le pego un ojo.
danitoledo- Mensajes : 40630
Fecha de inscripción : 05/05/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
https://twitter.com/Proserpinasb/status/1245306168110714881?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1245306168110714881&ref_url=https%3A%2F%2Fs9e.github.io%2Fiframe%2F2%2Ftwitter.min.html%231245306168110714881
thunderpussy- Mensajes : 28153
Fecha de inscripción : 27/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
https://twitter.com/Proserpinasb/status/1245298701318447106?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1245298701318447106&ref_url=https%3A%2F%2Fs9e.github.io%2Fiframe%2F2%2Ftwitter.min.html%231245298701318447106
thunderpussy- Mensajes : 28153
Fecha de inscripción : 27/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/31/autonomos/1585687026_963769.amp.html?__twitter_impression=true
Coronavirus »
El autónomo también pagará la cuota de abril. La opción de moratoria no llegará hasta mayo
Coronavirus »
El autónomo también pagará la cuota de abril. La opción de moratoria no llegará hasta mayo
thunderpussy- Mensajes : 28153
Fecha de inscripción : 27/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
puta vergüenza
y en mayo, a nada que mejore la cosa, tampoco con esa excusa
y en mayo, a nada que mejore la cosa, tampoco con esa excusa
Cerpin Taxt- Mensajes : 23648
Fecha de inscripción : 24/12/2018
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
por lo visto en redes sociales a los de psoe/podemos les importan una mierda los autónomos. Otra cosa es lo que digan en la tele para engañar al despistado.
https://twitter.com/Napalism/status/1245411880887291905?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1245411880887291905&ref_url=https%3A%2F%2Fs9e.github.io%2Fiframe%2F2%2Ftwitter.min.html%231245411880887291905
https://twitter.com/Napalism/status/1245411880887291905?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1245411880887291905&ref_url=https%3A%2F%2Fs9e.github.io%2Fiframe%2F2%2Ftwitter.min.html%231245411880887291905
thunderpussy- Mensajes : 28153
Fecha de inscripción : 27/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Las respuestas al tweet molan mazo.
https://twitter.com/strangeletrado/status/1245989027586740228?s=21
https://twitter.com/strangeletrado/status/1245989027586740228?s=21
salakov- Mensajes : 52275
Fecha de inscripción : 04/08/2015
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Ánimo a y para todos en estas tres semanas que aún nos quedan.
Yo al menos, en motivos para la esperanza, tengo el que la casera del local me comunicó que este mes de abril solo le ingresase la mitad del alquiler.
Yo al menos, en motivos para la esperanza, tengo el que la casera del local me comunicó que este mes de abril solo le ingresase la mitad del alquiler.
danitoledo- Mensajes : 40630
Fecha de inscripción : 05/05/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
salakov escribió:Las respuestas al tweet molan mazo.
https://twitter.com/strangeletrado/status/1245989027586740228?s=21
¿Tú crees que el sitio y el momento adecuado para colocar un tuit de este estilo?
Itlotg- Mensajes : 18300
Fecha de inscripción : 04/09/2012
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
thunderpussy escribió:por lo visto en redes sociales a los de psoe/podemos les importan una mierda los autónomos. Otra cosa es lo que digan en la tele para engañar al despistado.
https://twitter.com/Napalism/status/1245411880887291905?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1245411880887291905&ref_url=https%3A%2F%2Fs9e.github.io%2Fiframe%2F2%2Ftwitter.min.html%231245411880887291905
Coño, el twitter de Salakov.
Attikus- Mensajes : 22149
Fecha de inscripción : 19/03/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
En Navarra parece que pinta un poco mejor la cosa, se van a otorgar ayudas a los autónomos a partir del 30% de pérdidas. Extraños compañeros de cama los que ha propiciado el coronavirus:
https://www.diariodenavarra.es/noticias/navarra/2020/04/04/autonomos-cuya-facturacion-caiga-mas-del-recibiran-ayudas-hasta-650-686416-300.html
https://www.diariodenavarra.es/noticias/navarra/2020/04/04/autonomos-cuya-facturacion-caiga-mas-del-recibiran-ayudas-hasta-650-686416-300.html
Attikus- Mensajes : 22149
Fecha de inscripción : 19/03/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Minuto 01:15
https://twitter.com/swmanroja2/status/1246405768787759111?s=21
https://twitter.com/swmanroja2/status/1246405768787759111?s=21
salakov- Mensajes : 52275
Fecha de inscripción : 04/08/2015
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Hostia, salakov, no puedes ser tan tonto.
Es que estás jugando ya en las ligas de los trolls más ridículos del momento. Madre mía.
Es que estás jugando ya en las ligas de los trolls más ridículos del momento. Madre mía.
atabal- Mensajes : 16721
Fecha de inscripción : 05/07/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Maldita la hora en la que decidió salir de la cuadra de los microrrelatos.
Slovako- Mensajes : 27599
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Yo quiero que siga.
Y pensar que intentó hacerse pasar por alguien con opiniones formadas e inteligencia medio normal.
Y pensar que intentó hacerse pasar por alguien con opiniones formadas e inteligencia medio normal.
atabal- Mensajes : 16721
Fecha de inscripción : 05/07/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Slovako escribió:Maldita la hora en la que decidió salir de la cuadra de los microrrelatos.
Ojo, no hagamos generalizaciones injustas con eso de la cuadra
Toro- Mensajes : 28471
Fecha de inscripción : 14/05/2010
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Y mucho animo a los autonomos, por supuesto, a todos y a todos los que siendo autonomos o no, tienen jodido su desarrollo laboral y el medio por el que consiguen comer y susistir, por supuesto, hay que tener dos cojones para tirarse al ruedo de autonomos, seran lo cojones que sirvan ahora
Toro- Mensajes : 28471
Fecha de inscripción : 14/05/2010
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Slovako escribió:Maldita la hora en la que decidió salir de la cuadra de los microrrelatos.
Bendita lista de ignorados
ruso- Mensajes : 31739
Fecha de inscripción : 27/08/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
A mi me gustaría saber cómo cobras los artículos que te publican, Salakov. Y los libros en los que participas... Porque lo suyo es que seas autónomo también....
Anda que no molaría que no lo hubieses declarado...
Serías el troll definitivo.
Anda que no molaría que no lo hubieses declarado...
Serías el troll definitivo.
R'as Kal Bhul- Mensajes : 68751
Fecha de inscripción : 08/06/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Usted me debe confundir con alguien al que pagan por escribir.
salakov- Mensajes : 52275
Fecha de inscripción : 04/08/2015
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Dicen que sobre el día 20 harán el descuento de la cuota ya cobrada de marzo. No la cuota completa, sino el 50%, que es el tiempo que no se ha podido trabajar.
La ayuda no se sabe aún para cuando, pero igualmente va a ser decepcionante para mucha gente que espera un gran golpe. La de marzo será el 50 % del 70 % de la base de cotización. O sea, si pagas la cuota mínima la ayuda será de 330 €.
Lo que nadie me ha dicho es si se va a descontar la parte proporcional de impuestos. Quiero decir, yo estoy por módulos, y el fijo que pago es por una estimación de ganancias que no va a existir durante unos meses; ¿pagaré igual al final de este trimestre vacío?
La ayuda no se sabe aún para cuando, pero igualmente va a ser decepcionante para mucha gente que espera un gran golpe. La de marzo será el 50 % del 70 % de la base de cotización. O sea, si pagas la cuota mínima la ayuda será de 330 €.
Lo que nadie me ha dicho es si se va a descontar la parte proporcional de impuestos. Quiero decir, yo estoy por módulos, y el fijo que pago es por una estimación de ganancias que no va a existir durante unos meses; ¿pagaré igual al final de este trimestre vacío?
Annie- Mensajes : 16973
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Annie escribió:Dicen que sobre el día 20 harán el descuento de la cuota ya cobrada de marzo. No la cuota completa, sino el 50%, que es el tiempo que no se ha podido trabajar.
La ayuda no se sabe aún para cuando, pero igualmente va a ser decepcionante para mucha gente que espera un gran golpe. La de marzo será el 50 % del 70 % de la base de cotización. O sea, si pagas la cuota mínima la ayuda será de 330 €.
Lo que nadie me ha dicho es si se va a descontar la parte proporcional de impuestos. Quiero decir, yo estoy por módulos, y el fijo que pago es por una estimación de ganancias que no va a existir durante unos meses; ¿pagaré igual al final de este trimestre vacío?
Joder, no había caído en esto. ¿La cuota se paga a mes vencido? Pensaba que la que había pagado ahora en abril es para todo abril.
dani.m- Mensajes : 758
Fecha de inscripción : 25/11/2017
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
No. Creo que se paga a final de mes, como la seguridad social de un obrero. Cuando contratas a alguien no empiezas pagando, sino que te cobran cuando finaliza el mes.
Annie- Mensajes : 16973
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Yo llamé a la mutua y me dijeron que los pagos de la ayuda se lanzaban este finde porque hasta hoy era el límite para presentar todo. Y yo esperando una ayuda de 700€ y va a ser una miseria.
dani.m- Mensajes : 758
Fecha de inscripción : 25/11/2017
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
dani.m escribió:Yo llamé a la mutua y me dijeron que los pagos de la ayuda se lanzaban este finde porque hasta hoy era el límite para presentar todo. Y yo esperando una ayuda de 700€ y va a ser una miseria.
A mí en la mutua me dijeron que a partir del día 17 de abril podrían comenzar con los pagos.
Koyote- Mensajes : 1251
Fecha de inscripción : 14/10/2016
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Koyote escribió:dani.m escribió:Yo llamé a la mutua y me dijeron que los pagos de la ayuda se lanzaban este finde porque hasta hoy era el límite para presentar todo. Y yo esperando una ayuda de 700€ y va a ser una miseria.
A mí en la mutua me dijeron que a partir del día 17 de abril podrían comenzar con los pagos.
Lo dicho; el 17 es viernes.
Annie- Mensajes : 16973
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
La que ha liado un autónomo esta noche en Rentería.
atabal- Mensajes : 16721
Fecha de inscripción : 05/07/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
atabal escribió:La que ha liado un autónomo esta noche en Rentería.
Attikus- Mensajes : 22149
Fecha de inscripción : 19/03/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
No será el que estampaba el coche contra la policía?
Dani- Mensajes : 44198
Fecha de inscripción : 13/08/2010
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
atabal escribió:La que ha liado un autónomo esta noche en Rentería.
El Diario ha metido la bola de que era islamista.
pantxo- Mensajes : 50140
Fecha de inscripción : 23/09/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Me encanta hacer preguntas que nadie contesta.
Dani- Mensajes : 44198
Fecha de inscripción : 13/08/2010
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Dani escribió:No será el que estampaba el coche contra la policía?
Sí, sí.
atabal- Mensajes : 16721
Fecha de inscripción : 05/07/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
atabal escribió:Dani escribió:No será el que estampaba el coche contra la policía?
Sí, sí.
Joder. Desde luego se ha ganado unos meses a la sombra.
Dani- Mensajes : 44198
Fecha de inscripción : 13/08/2010
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Dani escribió:atabal escribió:Dani escribió:No será el que estampaba el coche contra la policía?
Sí, sí.
Joder. Desde luego se ha ganado unos meses a la sombra.
Al menos cuando salga tendrá derecho a cobrar el paro.
Rizzy- Mensajes : 41516
Fecha de inscripción : 11/10/2009
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Automóno
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es coña, ok??
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es coña, ok??
Orion- Mensajes : 6403
Fecha de inscripción : 08/04/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
A un colega de una mutua le han lanzado ya el pago. 375€ los 15 últimos días de marzo + 286 de los primeros 13 días de abril.
dani.m- Mensajes : 758
Fecha de inscripción : 25/11/2017
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
dani.m escribió:A un colega de una mutua le han lanzado ya el pago. 375€ los 15 últimos días de marzo + 286 de los primeros 13 días de abril.
A mi me ha llegado la notificación de la mutua (Fremap) que me corresponde la ayuda.
Ahora a esperar el pago a ver cuando llega.
Stranggler- Mensajes : 871
Fecha de inscripción : 15/11/2016
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
https://www.eitb.eus/es/noticias/economia/detalle/7169764/solicitantes-ayudas-pymes-autonomos-colapsan-web-lanbide/
Ayudas a la carrera como si fuera la compra del abono del hellfest para gente que está en una situación dramática. Miles de personas intentando entrar a una web caida. Se puede ser más chapucero?
Hay que empezar a hacer guillotinas para cuando salgamos.
Ayudas a la carrera como si fuera la compra del abono del hellfest para gente que está en una situación dramática. Miles de personas intentando entrar a una web caida. Se puede ser más chapucero?
Hay que empezar a hacer guillotinas para cuando salgamos.
Infernu- Mensajes : 56572
Fecha de inscripción : 03/06/2015
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
El desastre del plan para autónomos/as del Gobierno Vasco:
— Iker Casanova (@ikerkasanova) April 16, 2020
*Ayudas rifadas como una lotería.
*3 millones para 180.000 trabajador@s autónom@s
*16€ por autónom@.
*Ayudas que llegan solo al 0.6% del sector
*Peor plan que la mayoría de CCAA del Estado
Pero hay alternativas... pic.twitter.com/aAT5aZ8aZk
Infernu- Mensajes : 56572
Fecha de inscripción : 03/06/2015
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Debo ser un enchufado, me han devuelto la cuota. No me lo puedo creer, estoy emocionado
Jurek- Mensajes : 10695
Fecha de inscripción : 04/12/2015
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Yo aún no he recibido nada.
danitoledo- Mensajes : 40630
Fecha de inscripción : 05/05/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
danitoledo escribió:Yo aún no he recibido nada.
No yo, espero que sea por el banco que cobremos un poco más tarde.
Stranggler- Mensajes : 871
Fecha de inscripción : 15/11/2016
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Ya han salido en el BON las ayudas para los autónomos navarros:
Artículo 2. Ayudas para trabajadoras y trabajadores autónomos.
1. Las trabajadores y trabajadores autónomos a los que les haya sido reconocida, por el órgano competente en la materia, la prestación extraordinaria por cese de actividad establecida en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, tendrán derecho a una ayuda directa extraordinaria de 2.200 euros siempre que cumplan los siguientes requisitos para causar derecho a la misma:
a) Tener su residencia habitual en territorio navarro y estar en alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Comunidad Foral de Navarra en la fecha de declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral de Navarra y en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
c) No haber solicitado ayudas por promoción de empleo autónomo en el año 2020.
d) No haber tenido la obligación de tributar, con resultado de cuota a ingresar, por el Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al ejercicio 2018.
e) Que la suma de los ingresos de los miembros de la unidad familiar (incluidos los del propio trabajador autónomo) a la que pertenezca la persona autónoma no supere, mientras dure el estado de alarma, los siguientes importes:
I) Con carácter general, el límite de cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (en adelante IPREM).
II) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental.
III) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.
IV) En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cinco veces el IPREM, sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.
f) Permanecer en alta como autónomo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Comunidad Foral de Navarra durante 12 meses a partir de la finalización de la referida prestación prevista en el señalado artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020. Si se incumple dicha obligación de permanencia en alta, el perceptor deberá reintegrar la parte proporcional de la ayuda correspondiente al período de tiempo incumplido.
2. Los trabajadores autónomos que no se hubieran acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad establecida en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tendrán derecho a una ayuda directa extraordinaria de 700 euros siempre que, además de cumplir los establecidos en las letras a), b), c), d) y e) del apartado 1 anterior, cumplan los siguientes requisitos:
a) Permanecer en alta en todo momento como autónomo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en una Mutualidad de Previsión Social y en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Comunidad Foral de Navarra.
b) No haber cesado en su actividad, pero acreditar que su facturación en el mes natural anterior al que se solicita la ayuda se haya visto reducida en al menos un 30 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior.
3. La ayuda directa recogida en el apartado 2 anterior será por un importe de 800 euros siempre que la suma de los ingresos de los miembros de la unidad familiar (incluidos los del propio solicitante de la ayuda) a la que pertenezca la persona autónoma no supere, mientras dure el estado de alarma, los siguientes importes:
I) Con carácter general, el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (en adelante IPREM).
II) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental.
III) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.
IV) En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cuatro veces el IPREM, sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.
4. Los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por su encuadramiento como trabajadores por cuenta propia en el régimen especial que corresponda tendrán derecho igualmente a la ayuda recogida en el apartado primero, siempre que reúnan los requisitos establecidos, a excepción del alta en el Impuesto de Actividades Económicas por su condición de cooperativistas. De la misma manera podrán ser beneficiarios de esta ayuda, en los mismos términos, los autónomos societarios, trabajadores en sociedades mercantiles o en entidades sin personalidad jurídica.
5. La gestión de las ayudas directas extraordinarias previstas en los apartados anteriores corresponderá al Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial.
Se habilita el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial del Gobierno de Navarra para desarrollar el procedimiento de concesión de esta ayuda por Orden Foral.
6. El reconocimiento de las ayudas directas extraordinarias reguladas en este artículo podrá solicitarse hasta el último día del mes siguiente al que se produjo la finalización del estado de alarma. Dicha solicitud deberá presentarse telemáticamente. El Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, de acuerdo con la solicitud presentada y los documentos en su caso aportados, dictará la resolución provisional que sea procedente, estimando o desestimando el derecho, en el plazo de 3 meses a contar desde la solicitud. Con posterioridad, se procederá a revisar las resoluciones provisionales adoptadas y el cumplimiento de los requisitos exigidos. En el supuesto de que se desprenda que el interesado no tiene derecho a la totalidad o parte de la ayuda, se tramitará la correspondiente reclamación de las cantidades indebidamente percibidas.
7. La acreditación de la reducción de la facturación a que se refiere la letra b) del apartado 2 anterior, se realizará mediante la aportación de la información contable que lo justifique, pudiendo hacerse a través de la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos.
Aquellos trabajadores autónomos que no estén obligados a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción al menos del 30% exigida por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
La acreditación del cumplimiento del resto de requisitos exigidos en los apartados anteriores deberá realizarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Toda solicitud deberá ir acompañada de una declaración jurada en la que se haga constar que se cumplen todos los requisitos exigidos para causar derecho a esta prestación.
8. Las ayudas directas extraordinarias previstas en los apartados anteriores serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, regionales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe total de las ayudas no supere el límite de intensidad fijado en el artículo 16.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones o en último término la facturación mensual media del solicitante en el año 2019.
Si el tocho os parece muy molesto me decís y lo pongo en spoiler.
Artículo 2. Ayudas para trabajadoras y trabajadores autónomos.
1. Las trabajadores y trabajadores autónomos a los que les haya sido reconocida, por el órgano competente en la materia, la prestación extraordinaria por cese de actividad establecida en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, tendrán derecho a una ayuda directa extraordinaria de 2.200 euros siempre que cumplan los siguientes requisitos para causar derecho a la misma:
a) Tener su residencia habitual en territorio navarro y estar en alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Comunidad Foral de Navarra en la fecha de declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral de Navarra y en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
c) No haber solicitado ayudas por promoción de empleo autónomo en el año 2020.
d) No haber tenido la obligación de tributar, con resultado de cuota a ingresar, por el Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al ejercicio 2018.
e) Que la suma de los ingresos de los miembros de la unidad familiar (incluidos los del propio trabajador autónomo) a la que pertenezca la persona autónoma no supere, mientras dure el estado de alarma, los siguientes importes:
I) Con carácter general, el límite de cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (en adelante IPREM).
II) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental.
III) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.
IV) En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cinco veces el IPREM, sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.
f) Permanecer en alta como autónomo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Comunidad Foral de Navarra durante 12 meses a partir de la finalización de la referida prestación prevista en el señalado artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020. Si se incumple dicha obligación de permanencia en alta, el perceptor deberá reintegrar la parte proporcional de la ayuda correspondiente al período de tiempo incumplido.
2. Los trabajadores autónomos que no se hubieran acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad establecida en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tendrán derecho a una ayuda directa extraordinaria de 700 euros siempre que, además de cumplir los establecidos en las letras a), b), c), d) y e) del apartado 1 anterior, cumplan los siguientes requisitos:
a) Permanecer en alta en todo momento como autónomo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en una Mutualidad de Previsión Social y en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Comunidad Foral de Navarra.
b) No haber cesado en su actividad, pero acreditar que su facturación en el mes natural anterior al que se solicita la ayuda se haya visto reducida en al menos un 30 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior.
3. La ayuda directa recogida en el apartado 2 anterior será por un importe de 800 euros siempre que la suma de los ingresos de los miembros de la unidad familiar (incluidos los del propio solicitante de la ayuda) a la que pertenezca la persona autónoma no supere, mientras dure el estado de alarma, los siguientes importes:
I) Con carácter general, el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (en adelante IPREM).
II) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental.
III) Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.
IV) En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cuatro veces el IPREM, sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.
4. Los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por su encuadramiento como trabajadores por cuenta propia en el régimen especial que corresponda tendrán derecho igualmente a la ayuda recogida en el apartado primero, siempre que reúnan los requisitos establecidos, a excepción del alta en el Impuesto de Actividades Económicas por su condición de cooperativistas. De la misma manera podrán ser beneficiarios de esta ayuda, en los mismos términos, los autónomos societarios, trabajadores en sociedades mercantiles o en entidades sin personalidad jurídica.
5. La gestión de las ayudas directas extraordinarias previstas en los apartados anteriores corresponderá al Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial.
Se habilita el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial del Gobierno de Navarra para desarrollar el procedimiento de concesión de esta ayuda por Orden Foral.
6. El reconocimiento de las ayudas directas extraordinarias reguladas en este artículo podrá solicitarse hasta el último día del mes siguiente al que se produjo la finalización del estado de alarma. Dicha solicitud deberá presentarse telemáticamente. El Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, de acuerdo con la solicitud presentada y los documentos en su caso aportados, dictará la resolución provisional que sea procedente, estimando o desestimando el derecho, en el plazo de 3 meses a contar desde la solicitud. Con posterioridad, se procederá a revisar las resoluciones provisionales adoptadas y el cumplimiento de los requisitos exigidos. En el supuesto de que se desprenda que el interesado no tiene derecho a la totalidad o parte de la ayuda, se tramitará la correspondiente reclamación de las cantidades indebidamente percibidas.
7. La acreditación de la reducción de la facturación a que se refiere la letra b) del apartado 2 anterior, se realizará mediante la aportación de la información contable que lo justifique, pudiendo hacerse a través de la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos.
Aquellos trabajadores autónomos que no estén obligados a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción al menos del 30% exigida por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
La acreditación del cumplimiento del resto de requisitos exigidos en los apartados anteriores deberá realizarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Toda solicitud deberá ir acompañada de una declaración jurada en la que se haga constar que se cumplen todos los requisitos exigidos para causar derecho a esta prestación.
8. Las ayudas directas extraordinarias previstas en los apartados anteriores serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, regionales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe total de las ayudas no supere el límite de intensidad fijado en el artículo 16.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones o en último término la facturación mensual media del solicitante en el año 2019.
Si el tocho os parece muy molesto me decís y lo pongo en spoiler.
Attikus- Mensajes : 22149
Fecha de inscripción : 19/03/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
En efecto, a mí me ha llegado el ingreso esta noche de la mutua.
Me han ingresado diréctamente los 661 €.
Me han ingresado diréctamente los 661 €.
Stranggler- Mensajes : 871
Fecha de inscripción : 15/11/2016
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Stranggler escribió:dani.m escribió:A un colega de una mutua le han lanzado ya el pago. 375€ los 15 últimos días de marzo + 286 de los primeros 13 días de abril.
A mi me ha llegado la notificación de la mutua (Fremap) que me corresponde la ayuda.
Ahora a esperar el pago a ver cuando llega.
A mi tambien me ha llegado lo de la mutua, a esperar toca.
locovereas- Mensajes : 33247
Fecha de inscripción : 27/03/2008
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
Joder, pues yo sigo sin ver un €... Imagino que ya hasta el lunes nada.
danitoledo- Mensajes : 40630
Fecha de inscripción : 05/05/2011
Re: ¿¿¿¿autónomo???? (con acento en la o)
dani.m escribió:A un colega de una mutua le han lanzado ya el pago. 375€ los 15 últimos días de marzo + 286 de los primeros 13 días de abril.
A mí me lo han ingresado, pero cuando he visto la cifra me ha confundido. Pensaba que iban a remunerar primero los días de marzo aparte, y después cerrar abril como un mes completo.
Lo que no me han descontado ha sido los 15 días de marzo de seguridad social, que eso sí me parece lo más evidente. Quiero decir, esta ayuda está bien, se acepta y entiende, pero es que el pago del mes pasado es a todas luces injusto.
Pero creo que ya habrá más meses para ver qué hacen, porque en mi sector al menos creo que la cosa va a ir para largo.
Annie- Mensajes : 16973
Fecha de inscripción : 26/03/2008
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