Duda derecho laboral
+32
Búfalo
Reckoner
Stoner
freakedu
Albaider
salakov
mugu
Enric67
bottleofdenial
DAVIDCOVERDALE
Blas
arise
victorrt
heresy
Reno
Riff
p0pi
FALK
Toro
turbolover
Txomin
Abuelo81
Kinder Malo
Evolardo
uM
disturbiau
Jud
colorista
Angus Glop
alexstipe
javi clemente
bitx
36 participantes
Página 4 de 4.
Página 4 de 4. • 1, 2, 3, 4
Re: Duda derecho laboral
Gracias.
Por si alguien le vale, me dicen por otro canal lo siguiente:
Trabajar un 66,7% de la jornada (contrato a tiempo parcial) puede influir en varios aspectos de tu vida laboral, aunque las jornadas parciales computen como días completos a ciertos efectos, como jubilación o acceso a prestaciones. La clave está en distinguir entre el reconocimiento del tiempo trabajado y el importe de las cotizaciones, que impacta directamente en algunos derechos.
¿Cómo te afecta trabajar al 66,7% de la jornada?
Días cotizados:
A efectos de vida laboral, los días cotizados se ajustan al porcentaje de jornada trabajada. Por eso, aunque trabajes dos meses naturales, tu informe puede reflejar menos días cotizados proporcionalmente.
Sin embargo, para determinados derechos, como jubilación o desempleo, la normativa permite que se reconozcan como días completos si cumples otros requisitos.
Base de cotización (importante):
La base de cotización se calcula en proporción a tu jornada. Si trabajas al 66,7%, tu salario base y, por ende, tu cotización a la Seguridad Social será menor que la de alguien a jornada completa.
Esto influirá en el importe de ciertas prestaciones, como:
Pensión de jubilación: Aunque los años cotizados se computen como completos, la cuantía de la pensión dependerá de las bases de cotización acumuladas a lo largo de tu vida laboral.
Prestación por desempleo: El importe mensual de la prestación estará en función de tus bases de cotización previas.
Incapacidad temporal: La cuantía que recibas también dependerá de tu base de cotización.
Acceso a prestaciones:
En general, el número de días computados para determinar el acceso a prestaciones (como el paro) no se ve afectado por el porcentaje de jornada trabajada. Se considerará como si hubieras trabajado días completos.
Sin embargo, el importe de las prestaciones estará vinculado a tu base de cotización proporcional.
Menor aportación a lo largo de la vida laboral:
Si trabajas durante un periodo prolongado con jornadas parciales, tu base de cotización acumulada será menor, lo que puede impactar negativamente en la cuantía de futuras prestaciones.
¿Qué implica esto para ti?
Reconocimiento de tiempo trabajado: El trabajar al 66,7% no afectará a cómo se contabilizan los días de trabajo para efectos de acceso a derechos como el desempleo o la jubilación.
Impacto económico: Tu salario base y cotización serán más bajos, lo que puede traducirse en prestaciones más reducidas en el futuro.
¿Cómo minimizar el impacto?
Asegúrate de revisar tus bases de cotización y, si es posible, complementarlas con cotizaciones adicionales, como un convenio especial con la Seguridad Social.
Si planeas trabajar a tiempo parcial de forma prolongada, evalúa las consecuencias en tu futura pensión y prestaciones.
Por si alguien le vale, me dicen por otro canal lo siguiente:
Trabajar un 66,7% de la jornada (contrato a tiempo parcial) puede influir en varios aspectos de tu vida laboral, aunque las jornadas parciales computen como días completos a ciertos efectos, como jubilación o acceso a prestaciones. La clave está en distinguir entre el reconocimiento del tiempo trabajado y el importe de las cotizaciones, que impacta directamente en algunos derechos.
¿Cómo te afecta trabajar al 66,7% de la jornada?
Días cotizados:
A efectos de vida laboral, los días cotizados se ajustan al porcentaje de jornada trabajada. Por eso, aunque trabajes dos meses naturales, tu informe puede reflejar menos días cotizados proporcionalmente.
Sin embargo, para determinados derechos, como jubilación o desempleo, la normativa permite que se reconozcan como días completos si cumples otros requisitos.
Base de cotización (importante):
La base de cotización se calcula en proporción a tu jornada. Si trabajas al 66,7%, tu salario base y, por ende, tu cotización a la Seguridad Social será menor que la de alguien a jornada completa.
Esto influirá en el importe de ciertas prestaciones, como:
Pensión de jubilación: Aunque los años cotizados se computen como completos, la cuantía de la pensión dependerá de las bases de cotización acumuladas a lo largo de tu vida laboral.
Prestación por desempleo: El importe mensual de la prestación estará en función de tus bases de cotización previas.
Incapacidad temporal: La cuantía que recibas también dependerá de tu base de cotización.
Acceso a prestaciones:
En general, el número de días computados para determinar el acceso a prestaciones (como el paro) no se ve afectado por el porcentaje de jornada trabajada. Se considerará como si hubieras trabajado días completos.
Sin embargo, el importe de las prestaciones estará vinculado a tu base de cotización proporcional.
Menor aportación a lo largo de la vida laboral:
Si trabajas durante un periodo prolongado con jornadas parciales, tu base de cotización acumulada será menor, lo que puede impactar negativamente en la cuantía de futuras prestaciones.
¿Qué implica esto para ti?
Reconocimiento de tiempo trabajado: El trabajar al 66,7% no afectará a cómo se contabilizan los días de trabajo para efectos de acceso a derechos como el desempleo o la jubilación.
Impacto económico: Tu salario base y cotización serán más bajos, lo que puede traducirse en prestaciones más reducidas en el futuro.
¿Cómo minimizar el impacto?
Asegúrate de revisar tus bases de cotización y, si es posible, complementarlas con cotizaciones adicionales, como un convenio especial con la Seguridad Social.
Si planeas trabajar a tiempo parcial de forma prolongada, evalúa las consecuencias en tu futura pensión y prestaciones.
Txomin- Mensajes : 31771
Fecha de inscripción : 26/03/2008
Re: Duda derecho laboral
Otro canal es Chatgpt?
Poisonblade- Mensajes : 55623
Fecha de inscripción : 06/03/2016
Re: Duda derecho laboral
Claro, pero 1 dia trabajado es 1 día cotizado, y accederás a la jubilación en el mismo momento que si hubieras trabajado al 100%.
Afecta trabajar a tiempo parcial? No. Aunque según lo que pones si.
Pero está claro que si trabajas menos horas, cobras menos dinero. Y si tu salario es menor, tu cotización también será menor. Por tanto, si no compatibilizas ese trabajo con otro, ganas menos dinero que tú compañero que trabaja menos horas y cotizas menos (por lo que generas una prestación más baja).
Afecta trabajar a tiempo parcial? No. Aunque según lo que pones si.
Pero está claro que si trabajas menos horas, cobras menos dinero. Y si tu salario es menor, tu cotización también será menor. Por tanto, si no compatibilizas ese trabajo con otro, ganas menos dinero que tú compañero que trabaja menos horas y cotizas menos (por lo que generas una prestación más baja).
Abuelo81- Mensajes : 12329
Fecha de inscripción : 21/11/2017
Re: Duda derecho laboral
Quisiera contaros mi caso con mi última empresa:
El pasado jueves 17 de octubre recibo una llamada durante mi jornada laboral de mi compañera de administración en la que me comunicaba que, para compensar los días de convenio no disfrutados, se me concedían libres del 28 al 31 de octubre. Como sólo disponía de 10 días de antelación para preparar esas vacaciones pregunto si me lo puedo pensar pero mi compañera me pasa con mi jefa y me dice que son esos días sí o sí y que no hay otra alternativa. Ante esa tesitura accedo. El 19 de octubre compro vuelos y el 21 reservo alojamientos en Lanzarote y Berlín.
Una semana después, el jueves 24 de octubre mi jefa me dice que los 11 días de vacaciones que me restaban de este año, y que tenía acordados para febrero del 2025, tenía que cogerlos este año. Me quedo un poco shockeado porque era un cambio de planes muy importante porque ya tenía encarrilado un viaje a la nieve con mi hermano. Entonces el viernes 25 le escribo a mi jefa un correo electrónico solicitando que me mantuviese las vacaciones cuando ya estaban fijadas por todo lo que implicaba y en ese mismo correo también aludía a que el día que me comunicaron que tenía libre del 28 al 31 de octubre, me había asegurado que los 11 días restantes no se me iban a tocar. Al rato me dice que suba a la oficina y me dice que mi compañera había cometido un error y me explica que el convenio marca unas horas de trabajo, pero finalmente me mantiene las vacaciones el el 2025. En ningún momento me dice explícitamente que los días libres que tenía en tres días ya no los tenía (se podría llegar a sobreentender cuando alude al un error pero en ningún momento la conversación se había producido por esos días concedidos).
El 28 de octubre recibo un whatsapp suyo preguntándome si yo estaba bien y le respondo que sí. Luego me comentaba que por que no había ido a trabajar, replicándole yo que me habían dado los días libres. Entonces ella me decía que el viernes anterior me había dicho que había sido un error pero que no pasaba nada, que me cogiese los días con la salvedad de que me los descontaban de mis vacaciones pendientes. Acabé replicándole que si se habían dado cuenta del error no era muy lógico que no se pusiesen en contacto conmigo inmediatamente para comunicarme explícitamente que esos días concedidos ya no me correspondían.
A la vuelta de mis vacaciones hablo con mis jefes y les comento que no me parecía muy justo que yo hubiese perdido días de mis vacaciones cuando todo había sido generado por un error de la empresa. Primero me obligan a coger unos días en concreto y luego la comunicación del error no es explícita. La única opción que me ofrecen es que recuperase las horas.
Días después me llaman de una lista de educación y dejo el trabajo de forma inmediata (no doy 15 días de aviso). Ahora me mandan el finiquito y como me quitan esos 4 días de mis vacaciones le debo 300€ a la empresa.
¿Qué puedo hacer? ¿Alguien en una situación parecida?
Pd: perdón por el ladrillaco.
El pasado jueves 17 de octubre recibo una llamada durante mi jornada laboral de mi compañera de administración en la que me comunicaba que, para compensar los días de convenio no disfrutados, se me concedían libres del 28 al 31 de octubre. Como sólo disponía de 10 días de antelación para preparar esas vacaciones pregunto si me lo puedo pensar pero mi compañera me pasa con mi jefa y me dice que son esos días sí o sí y que no hay otra alternativa. Ante esa tesitura accedo. El 19 de octubre compro vuelos y el 21 reservo alojamientos en Lanzarote y Berlín.
Una semana después, el jueves 24 de octubre mi jefa me dice que los 11 días de vacaciones que me restaban de este año, y que tenía acordados para febrero del 2025, tenía que cogerlos este año. Me quedo un poco shockeado porque era un cambio de planes muy importante porque ya tenía encarrilado un viaje a la nieve con mi hermano. Entonces el viernes 25 le escribo a mi jefa un correo electrónico solicitando que me mantuviese las vacaciones cuando ya estaban fijadas por todo lo que implicaba y en ese mismo correo también aludía a que el día que me comunicaron que tenía libre del 28 al 31 de octubre, me había asegurado que los 11 días restantes no se me iban a tocar. Al rato me dice que suba a la oficina y me dice que mi compañera había cometido un error y me explica que el convenio marca unas horas de trabajo, pero finalmente me mantiene las vacaciones el el 2025. En ningún momento me dice explícitamente que los días libres que tenía en tres días ya no los tenía (se podría llegar a sobreentender cuando alude al un error pero en ningún momento la conversación se había producido por esos días concedidos).
El 28 de octubre recibo un whatsapp suyo preguntándome si yo estaba bien y le respondo que sí. Luego me comentaba que por que no había ido a trabajar, replicándole yo que me habían dado los días libres. Entonces ella me decía que el viernes anterior me había dicho que había sido un error pero que no pasaba nada, que me cogiese los días con la salvedad de que me los descontaban de mis vacaciones pendientes. Acabé replicándole que si se habían dado cuenta del error no era muy lógico que no se pusiesen en contacto conmigo inmediatamente para comunicarme explícitamente que esos días concedidos ya no me correspondían.
A la vuelta de mis vacaciones hablo con mis jefes y les comento que no me parecía muy justo que yo hubiese perdido días de mis vacaciones cuando todo había sido generado por un error de la empresa. Primero me obligan a coger unos días en concreto y luego la comunicación del error no es explícita. La única opción que me ofrecen es que recuperase las horas.
Días después me llaman de una lista de educación y dejo el trabajo de forma inmediata (no doy 15 días de aviso). Ahora me mandan el finiquito y como me quitan esos 4 días de mis vacaciones le debo 300€ a la empresa.
¿Qué puedo hacer? ¿Alguien en una situación parecida?
Pd: perdón por el ladrillaco.
marcos0024- Mensajes : 3988
Fecha de inscripción : 13/04/2008
Re: Duda derecho laboral
marcos0024 escribió:Quisiera contaros mi caso con mi última empresa:
El pasado jueves 17 de octubre recibo una llamada durante mi jornada laboral de mi compañera de administración en la que me comunicaba que, para compensar los días de convenio no disfrutados, se me concedían libres del 28 al 31 de octubre. Como sólo disponía de 10 días de antelación para preparar esas vacaciones pregunto si me lo puedo pensar pero mi compañera me pasa con mi jefa y me dice que son esos días sí o sí y que no hay otra alternativa. Ante esa tesitura accedo. El 19 de octubre compro vuelos y el 21 reservo alojamientos en Lanzarote y Berlín.
Una semana después, el jueves 24 de octubre mi jefa me dice que los 11 días de vacaciones que me restaban de este año, y que tenía acordados para febrero del 2025, tenía que cogerlos este año. Me quedo un poco shockeado porque era un cambio de planes muy importante porque ya tenía encarrilado un viaje a la nieve con mi hermano. Entonces el viernes 25 le escribo a mi jefa un correo electrónico solicitando que me mantuviese las vacaciones cuando ya estaban fijadas por todo lo que implicaba y en ese mismo correo también aludía a que el día que me comunicaron que tenía libre del 28 al 31 de octubre, me había asegurado que los 11 días restantes no se me iban a tocar. Al rato me dice que suba a la oficina y me dice que mi compañera había cometido un error y me explica que el convenio marca unas horas de trabajo, pero finalmente me mantiene las vacaciones el el 2025. En ningún momento me dice explícitamente que los días libres que tenía en tres días ya no los tenía (se podría llegar a sobreentender cuando alude al un error pero en ningún momento la conversación se había producido por esos días concedidos).
El 28 de octubre recibo un whatsapp suyo preguntándome si yo estaba bien y le respondo que sí. Luego me comentaba que por que no había ido a trabajar, replicándole yo que me habían dado los días libres. Entonces ella me decía que el viernes anterior me había dicho que había sido un error pero que no pasaba nada, que me cogiese los días con la salvedad de que me los descontaban de mis vacaciones pendientes. Acabé replicándole que si se habían dado cuenta del error no era muy lógico que no se pusiesen en contacto conmigo inmediatamente para comunicarme explícitamente que esos días concedidos ya no me correspondían.
A la vuelta de mis vacaciones hablo con mis jefes y les comento que no me parecía muy justo que yo hubiese perdido días de mis vacaciones cuando todo había sido generado por un error de la empresa. Primero me obligan a coger unos días en concreto y luego la comunicación del error no es explícita. La única opción que me ofrecen es que recuperase las horas.
Días después me llaman de una lista de educación y dejo el trabajo de forma inmediata (no doy 15 días de aviso). Ahora me mandan el finiquito y como me quitan esos 4 días de mis vacaciones le debo 300€ a la empresa.
¿Qué puedo hacer? ¿Alguien en una situación parecida?
Pd: perdón por el ladrillaco.
No estoy entendiendo del todo la situación.
El "malentendido" con la empresa y los tres días esos creo que lo entiendo.
¿De donde salen los días que ibas a disfrutar en 2025?
La sensación que tengo es que te están intentando tangar con el finiquito.
_________________
freakedu- Moderador
- Mensajes : 76157
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: Duda derecho laboral
freakedu escribió:marcos0024 escribió:Quisiera contaros mi caso con mi última empresa:
El pasado jueves 17 de octubre recibo una llamada durante mi jornada laboral de mi compañera de administración en la que me comunicaba que, para compensar los días de convenio no disfrutados, se me concedían libres del 28 al 31 de octubre. Como sólo disponía de 10 días de antelación para preparar esas vacaciones pregunto si me lo puedo pensar pero mi compañera me pasa con mi jefa y me dice que son esos días sí o sí y que no hay otra alternativa. Ante esa tesitura accedo. El 19 de octubre compro vuelos y el 21 reservo alojamientos en Lanzarote y Berlín.
Una semana después, el jueves 24 de octubre mi jefa me dice que los 11 días de vacaciones que me restaban de este año, y que tenía acordados para febrero del 2025, tenía que cogerlos este año. Me quedo un poco shockeado porque era un cambio de planes muy importante porque ya tenía encarrilado un viaje a la nieve con mi hermano. Entonces el viernes 25 le escribo a mi jefa un correo electrónico solicitando que me mantuviese las vacaciones cuando ya estaban fijadas por todo lo que implicaba y en ese mismo correo también aludía a que el día que me comunicaron que tenía libre del 28 al 31 de octubre, me había asegurado que los 11 días restantes no se me iban a tocar. Al rato me dice que suba a la oficina y me dice que mi compañera había cometido un error y me explica que el convenio marca unas horas de trabajo, pero finalmente me mantiene las vacaciones el el 2025. En ningún momento me dice explícitamente que los días libres que tenía en tres días ya no los tenía (se podría llegar a sobreentender cuando alude al un error pero en ningún momento la conversación se había producido por esos días concedidos).
El 28 de octubre recibo un whatsapp suyo preguntándome si yo estaba bien y le respondo que sí. Luego me comentaba que por que no había ido a trabajar, replicándole yo que me habían dado los días libres. Entonces ella me decía que el viernes anterior me había dicho que había sido un error pero que no pasaba nada, que me cogiese los días con la salvedad de que me los descontaban de mis vacaciones pendientes. Acabé replicándole que si se habían dado cuenta del error no era muy lógico que no se pusiesen en contacto conmigo inmediatamente para comunicarme explícitamente que esos días concedidos ya no me correspondían.
A la vuelta de mis vacaciones hablo con mis jefes y les comento que no me parecía muy justo que yo hubiese perdido días de mis vacaciones cuando todo había sido generado por un error de la empresa. Primero me obligan a coger unos días en concreto y luego la comunicación del error no es explícita. La única opción que me ofrecen es que recuperase las horas.
Días después me llaman de una lista de educación y dejo el trabajo de forma inmediata (no doy 15 días de aviso). Ahora me mandan el finiquito y como me quitan esos 4 días de mis vacaciones le debo 300€ a la empresa.
¿Qué puedo hacer? ¿Alguien en una situación parecida?
Pd: perdón por el ladrillaco.
No estoy entendiendo del todo la situación.
El "malentendido" con la empresa y los tres días esos creo que lo entiendo.
¿De donde salen los días que ibas a disfrutar en 2025?
La sensación que tengo es que te están intentando tangar con el finiquito.
Para ayudarle tendríamos que saber cuantos días de vacaciones tienen al año. Cuantos ha disfrutado (además de los del mal entendido), si lleva trabajando desde el 1 de enero (sino desde cuando) y el día de baja.
COn eso se le puede decir cuantos días (en positivo o negativo) le corresponden con el finiquito. Y luego él debería los 15 días de falta de preaviso.
Se restan y lo que de por el salario día (y eso le deben o debe).
Abuelo81- Mensajes : 12329
Fecha de inscripción : 21/11/2017
Página 4 de 4. • 1, 2, 3, 4
Temas similares
» Duda Laboral... Help!
» Duda etico/laboral
» Foreros con derecho a voto en la C.A.V, si estais indecisos para la elecciones del 1 de Marzo, aqui despejais la duda.
» La reforma laboral...
» Reforma laboral
» Duda etico/laboral
» Foreros con derecho a voto en la C.A.V, si estais indecisos para la elecciones del 1 de Marzo, aqui despejais la duda.
» La reforma laboral...
» Reforma laboral
Página 4 de 4.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.