Multa toque de queda
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odklas
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Re: Multa toque de queda
A mí el pronto pago también me suena más a medio chantaje y medida disuasoria de recursos. Anda que no habrá multas pagadas gracias a ese anzuelo que habrían sido nulas recurriendo
Re: Multa toque de queda
A ver si entiendo q es para presionar a abonar pero no, no pagas el doble, pagas el valor de la multa, lo q te hacen si la aceptas es un descuento del 50% por pagar antes, si ven dinerito rápido les conviene claro, pero también te digo las reglas del juego las conocemos todos de antemano, sea cual sea la multa y q nos joda pagar pq eso es para todos.Apocalypse Dude escribió:El pronto pago se asemeja más a un chantaje que a lo que dices, creo yo. O pagas y te olvidas de todo y te jodes o lo intentas y si sale mal, además con una justicia ágil que funciona a medida del ciudadano medio, pagas hasta el doble.Lithium escribió:Hombre es q si pagas de primeras quiere decir q aceptas la sanción, que aceptas lo q pone el papel con lo cual no tiene sentido ninguno q pudieras recurrir.
O se acepta o no, y ahí tiene unas consecuencias u otras, pero lo q no se puede es estar en misa y repicando.
Y no entro en valorar si creo o no q está bien o mal puesta la multa pq no soy legislador
También muchos q recurren no es q no crean q incumplen algo sino q quieren "safarse" cosa q veo lícita ojo
Lithium- Mensajes : 5614
Fecha de inscripción : 25/08/2017
Re: Multa toque de queda
Otro dato curioso: a un amigo le multaron por lo mismo otro día y casi a la misma hora (él diez minutos más tarde) y le han llegado cien, pronto pago sesenta. A mí seiscientos. A qué se debe? No es la justicia igual para todos?
En fin...
En fin...
Re: Multa toque de queda
Ahí tendréis q mirar la causa de la multa porque igual ponen dos conceptos distintos, a saber....odklas escribió:Otro dato curioso: a un amigo le multaron por lo mismo otro día y casi a la misma hora (él diez minutos más tarde) y le han llegado cien, pronto pago sesenta. A mí seiscientos. A qué se debe? No es la justicia igual para todos?
En fin...
Lithium- Mensajes : 5614
Fecha de inscripción : 25/08/2017
Re: Multa toque de queda
Si, pagas la mitad en teoría, pero evidentemente la cuantía de las multas la pone el que dice que es la mitad... el resultado sigue siendo el mismo.Lithium escribió:A ver si entiendo q es para presionar a abonar pero no, no pagas el doble, pagas el valor de la multa, lo q te hacen si la aceptas es un descuento del 50% por pagar antes, si ven dinerito rápido les conviene claro, pero también te digo las reglas del juego las conocemos todos de antemano, sea cual sea la multa y q nos joda pagar pq eso es para todos.Apocalypse Dude escribió:El pronto pago se asemeja más a un chantaje que a lo que dices, creo yo. O pagas y te olvidas de todo y te jodes o lo intentas y si sale mal, además con una justicia ágil que funciona a medida del ciudadano medio, pagas hasta el doble.Lithium escribió:Hombre es q si pagas de primeras quiere decir q aceptas la sanción, que aceptas lo q pone el papel con lo cual no tiene sentido ninguno q pudieras recurrir.
O se acepta o no, y ahí tiene unas consecuencias u otras, pero lo q no se puede es estar en misa y repicando.
Y no entro en valorar si creo o no q está bien o mal puesta la multa pq no soy legislador
También muchos q recurren no es q no crean q incumplen algo sino q quieren "safarse" cosa q veo lícita ojo
Puedes pagar 100/300/1000 ahora ó 200/600/2000 luego. Que conozcas las reglas de antemano no significa nada, menos cuando jugar o no, no es una opción. Quiero decir, que esas reglas te vienen impuestas, permanentemente, te guste o no.
Creo que es evidente que es un método para disuadirte de recursos y similares, ni siquiera pretende, ni puede, disminuir el número de causas de esas multas....
Apocalypse Dude- Mensajes : 10623
Fecha de inscripción : 17/03/2018
Re: Multa toque de queda
He visto la multa, es exactamente igual que la mía excepto por el nombre y la cuantíaLithium escribió:Ahí tendréis q mirar la causa de la multa porque igual ponen dos conceptos distintos, a saber....odklas escribió:Otro dato curioso: a un amigo le multaron por lo mismo otro día y casi a la misma hora (él diez minutos más tarde) y le han llegado cien, pronto pago sesenta. A mí seiscientos. A qué se debe? No es la justicia igual para todos?
En fin...
Re: Multa toque de queda
Pues yo le comentaba eso a los abogados q preguntaste pq igual es por un lado q ellos pueden tirar para recurrir pq eso sí q me parece muy injusto q uno pague una cantidad distinta para cada cosa, entonces vaya lotería según el madero q te toqueodklas escribió:He visto la multa, es exactamente igual que la mía excepto por el nombre y la cuantíaLithium escribió:Ahí tendréis q mirar la causa de la multa porque igual ponen dos conceptos distintos, a saber....odklas escribió:Otro dato curioso: a un amigo le multaron por lo mismo otro día y casi a la misma hora (él diez minutos más tarde) y le han llegado cien, pronto pago sesenta. A mí seiscientos. A qué se debe? No es la justicia igual para todos?
En fin...
Lithium- Mensajes : 5614
Fecha de inscripción : 25/08/2017
Re: Multa toque de queda
odklas escribió:He visto la multa, es exactamente igual que la mía excepto por el nombre y la cuantíaLithium escribió:Ahí tendréis q mirar la causa de la multa porque igual ponen dos conceptos distintos, a saber....odklas escribió:Otro dato curioso: a un amigo le multaron por lo mismo otro día y casi a la misma hora (él diez minutos más tarde) y le han llegado cien, pronto pago sesenta. A mí seiscientos. A qué se debe? No es la justicia igual para todos?
En fin...
De lo que salga de aquí está la clave para ver si tu multa es legítima o no. Depende de lo que se decida, las multas son papel mojado (o no)
https://elpais.com/espana/2021-07-13/un-constitucional-dividido-dirime-el-decreto-de-alarma.htm
De mantenerse las posiciones expuestas en aquella deliberación, la sentencia se aprobará por un solo voto de diferencia, ya que cinco magistrados se manifestaron entonces a favor de refrendar la declaración del estado de alarma que realizó el Gobierno y otros cinco apoyaron la tesis de que el confinamiento requería haber declarado el estado de excepción, no el de alarma. El undécimo voto, el decisivo, quedó en manos de la vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, elegida en su día a propuesta del PSOE: ella expresó ciertas reservas con respecto al proyecto de sentencia pero compartió la tesis principal, esto es, que la prohibición de circulación de los ciudadanos entre marzo y junio del año pasado supuso una fuerte restricción de derechos, no una mera limitación, y por tanto no estaba cubierta por el estado de alarma.
borope- Mensajes : 12997
Fecha de inscripción : 24/03/2008
Re: Multa toque de queda
Por si a alguno le viene bien
No puedo ayudar más que estoy de curro hasta el huevo y también tengo a amigos y familia echándome más cosas al cajón de los pendientes , pero por si a alguno le vale de modelo, ahí lo dejo.
- Spoiler:
- AL ÁREA DE GOBIERNO DE PORTAVOZ, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
D. ********************, mayor de edad, provisto de DNI núm. ***************, con domicilio a efectos de notificaciones en *******************************, del municipio de Madrid, provincia de Madrid.
Ante ese órgano administrativo comparezco y, con el debido respeto, como mejor proceda,
EXPONGO
Que me ha sido notificado acuerdo de inicio de expediente sancionador de fecha 16 de abril de 2021, con expediente nº **************************, sobre presunta infracción administrativa por hechos supuestamente incardinables entre los descritos en el artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (en adelante L.O. 4/2015).
Que dentro del plazo concedido, en el ejercicio de defensa de los derechos e intereses legítimos que me asisten, y al amparo del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 76 de la misma de la Ley 39/2015, FORMULO ESCRITO DE ALEGACIONES, en tiempo y forma, fundamentadas en los siguientes,
MOTIVOS RAZONADOS DE EXCULPACIÓN
PRIMERO.
En primer lugar hay que señalar que la descripción de los hechos contenida en el acuerdo de inicio de expediente sancionador resulta completamente alejada de la realidad de los hechos acaecidos. En dicho acuerdo se recoge literalmente lo siguiente en el apartado HECHOS: “Acto de desobediencia a la autoridad, al no respetar las restricciones aprobadas para evitar la extensión originada por el virus covid 19 durante la vigencia del estado de alarma”.
Pues bien, dicha desobediencia no puede ser tal cuando en ningún momento me negué a desobedecer requerimiento alguno por parte de los agentes, ni me resistí de ninguna forma, ni me negué a identificarme ni alegué datos falsos o inexactos en el momento de la identificación.
Resulta manifiesto en una mera lectura que el artículo 36.6 de la L.O. 4/2015, exige para imponer la sanción, desobediencia, resistencia o aportación de datos falsos o inexactos. Es decir, si no ha habido resistencia o desobediencia a la autoridad, no puede haber sanción, ya que el incumplimiento de lo previsto en el decreto de estado de alarma, no supone resistencia o desobediencia en los términos previstos en la L.O. 4/2015. Y reitero formalmente que en ningún caso desobedecí, interpuse resistencia o hice cualquiera de las conductas tipificadas como sancionables en la norma supuestamente infringida, y de la descripción de los hechos contenidos en la notificación del acuerdo de inicio de expediente sancionador no se infiere de ningún modo que así fuera.
SEGUNDO.
En el acuerdo recibido, en el apartado ÓRGANO COMPETENTE, se atribuye la competencia para sancionar esta infracción “siempre que se derive del incumplimiento del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 y se delega en la Coordinación General de Seguridad y Emergencias”.
En este sentido, he de manifestar que la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, establece en su artículo 1.3 lo siguiente:
“Finalizada la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las Autoridades competentes, así como las concretas medidas adoptadas en base a éstas, salvo las que consistiesen en sanciones firmes.”
Habiendo finalizado el estado de Alarma aprobado por el Real Decreto 463/2020 en fecha de 21 de junio de 2020, en esa fecha decayeron en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora pudieran corresponder, y cualquier medida adoptada en base a éstas, salvo que consistiesen en sanciones firmes, y es evidente que no es el caso, por lo que resulta ciertamente irregular que se pretenda sancionar ahora una presunta infracción para la que hace cerca de un año que se carece de competencia en materia sancionadora.
TERCERO.
Conforme a lo expuesto anteriormente, quiero manifestar que ni cometí la desobediencia que se me imputa, ni en ningún caso existe la competencia para sancionar dichos hechos por parte del órgano actuante, por lo que entiendo que el acuerdo de inicio de expediente sancionador que se me ha notificado contraviene radicalmente lo dispuesto en la normativa de aplicación y como tal debe ser archivado, y de no ser así supondría un quebrantamiento manifiesto del principio de legalidad, reconocido en el artículo 25 de la Constitución Española.
Por todo lo anteriormente expuesto,
SOLICITO: Que admita el presente escrito de alegaciones contra acuerdo de inicio de expediente sancionador de fecha 16 de abril de 2021, relativo al expediente núm. *******************, acordando el archivo del procedimiento sancionador.
En su atención,
En Madrid, a ** de ***** de 2021
******************************
ÁREA DE GOBIERNO DE PORTAVOZ, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
C/ PRINCIPE DE VERGARA, 140 - 28002 MADRID
No puedo ayudar más que estoy de curro hasta el huevo y también tengo a amigos y familia echándome más cosas al cajón de los pendientes , pero por si a alguno le vale de modelo, ahí lo dejo.
Godofredo- Mensajes : 145694
Fecha de inscripción : 25/03/2008
Re: Multa toque de queda
Lithium escribió:Pues yo le comentaba eso a los abogados q preguntaste pq igual es por un lado q ellos pueden tirar para recurrir pq eso sí q me parece muy injusto q uno pague una cantidad distinta para cada cosa, entonces vaya lotería según el madero q te toqueodklas escribió:He visto la multa, es exactamente igual que la mía excepto por el nombre y la cuantíaLithium escribió:Ahí tendréis q mirar la causa de la multa porque igual ponen dos conceptos distintos, a saber....odklas escribió:Otro dato curioso: a un amigo le multaron por lo mismo otro día y casi a la misma hora (él diez minutos más tarde) y le han llegado cien, pronto pago sesenta. A mí seiscientos. A qué se debe? No es la justicia igual para todos?
En fin...
Siempre ha dependido mucho el madero que te toque y cómo haya tenido el día... a ver, por un asesinato y tal no, pero sin ir más lejos el mismo toque de queda se lo ha saltado gente que conozco, les han pillado y no ha pasado de una regañina y un «vayase usted a su casa», que por otra parte creo que es lo que debía ser desde un principio...
Respecto a las sanciones, sí, es ridículo, pero también habitual ya que los márgenes son muy amplios, de hecho creo que por la misma falta podrían haberme metido hasta 3000, así que todavía se han portado y todo...
Re: Multa toque de queda
borope escribió:odklas escribió:He visto la multa, es exactamente igual que la mía excepto por el nombre y la cuantíaLithium escribió:Ahí tendréis q mirar la causa de la multa porque igual ponen dos conceptos distintos, a saber....odklas escribió:Otro dato curioso: a un amigo le multaron por lo mismo otro día y casi a la misma hora (él diez minutos más tarde) y le han llegado cien, pronto pago sesenta. A mí seiscientos. A qué se debe? No es la justicia igual para todos?
En fin...
De lo que salga de aquí está la clave para ver si tu multa es legítima o no. Depende de lo que se decida, las multas son papel mojado (o no)
https://elpais.com/espana/2021-07-13/un-constitucional-dividido-dirime-el-decreto-de-alarma.htm
De mantenerse las posiciones expuestas en aquella deliberación, la sentencia se aprobará por un solo voto de diferencia, ya que cinco magistrados se manifestaron entonces a favor de refrendar la declaración del estado de alarma que realizó el Gobierno y otros cinco apoyaron la tesis de que el confinamiento requería haber declarado el estado de excepción, no el de alarma. El undécimo voto, el decisivo, quedó en manos de la vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, elegida en su día a propuesta del PSOE: ella expresó ciertas reservas con respecto al proyecto de sentencia pero compartió la tesis principal, esto es, que la prohibición de circulación de los ciudadanos entre marzo y junio del año pasado supuso una fuerte restricción de derechos, no una mera limitación, y por tanto no estaba cubierta por el estado de alarma.
Si finalmente se declara ilegal todo esto me pregunto si devolverán a la gente el dinero recaudado (ya se cuenta por millones), pero supongo que no, sería una pifia muy grande, ya se sacaran de la manga algo para validarlo
Re: Multa toque de queda
Godofredo escribió:Por si a alguno le viene bien
- Spoiler:
AL ÁREA DE GOBIERNO DE PORTAVOZ, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
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D. ********************, mayor de edad, provisto de DNI núm. ***************, con domicilio a efectos de notificaciones en *******************************, del municipio de Madrid, provincia de Madrid.
Ante ese órgano administrativo comparezco y, con el debido respeto, como mejor proceda,
EXPONGO
Que me ha sido notificado acuerdo de inicio de expediente sancionador de fecha 16 de abril de 2021, con expediente nº **************************, sobre presunta infracción administrativa por hechos supuestamente incardinables entre los descritos en el artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (en adelante L.O. 4/2015).
Que dentro del plazo concedido, en el ejercicio de defensa de los derechos e intereses legítimos que me asisten, y al amparo del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 76 de la misma de la Ley 39/2015, FORMULO ESCRITO DE ALEGACIONES, en tiempo y forma, fundamentadas en los siguientes,
MOTIVOS RAZONADOS DE EXCULPACIÓN
PRIMERO.
En primer lugar hay que señalar que la descripción de los hechos contenida en el acuerdo de inicio de expediente sancionador resulta completamente alejada de la realidad de los hechos acaecidos. En dicho acuerdo se recoge literalmente lo siguiente en el apartado HECHOS: “Acto de desobediencia a la autoridad, al no respetar las restricciones aprobadas para evitar la extensión originada por el virus covid 19 durante la vigencia del estado de alarma”.
Pues bien, dicha desobediencia no puede ser tal cuando en ningún momento me negué a desobedecer requerimiento alguno por parte de los agentes, ni me resistí de ninguna forma, ni me negué a identificarme ni alegué datos falsos o inexactos en el momento de la identificación.
Resulta manifiesto en una mera lectura que el artículo 36.6 de la L.O. 4/2015, exige para imponer la sanción, desobediencia, resistencia o aportación de datos falsos o inexactos. Es decir, si no ha habido resistencia o desobediencia a la autoridad, no puede haber sanción, ya que el incumplimiento de lo previsto en el decreto de estado de alarma, no supone resistencia o desobediencia en los términos previstos en la L.O. 4/2015. Y reitero formalmente que en ningún caso desobedecí, interpuse resistencia o hice cualquiera de las conductas tipificadas como sancionables en la norma supuestamente infringida, y de la descripción de los hechos contenidos en la notificación del acuerdo de inicio de expediente sancionador no se infiere de ningún modo que así fuera.
SEGUNDO.
En el acuerdo recibido, en el apartado ÓRGANO COMPETENTE, se atribuye la competencia para sancionar esta infracción “siempre que se derive del incumplimiento del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 y se delega en la Coordinación General de Seguridad y Emergencias”.
En este sentido, he de manifestar que la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, establece en su artículo 1.3 lo siguiente:
“Finalizada la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las Autoridades competentes, así como las concretas medidas adoptadas en base a éstas, salvo las que consistiesen en sanciones firmes.”
Habiendo finalizado el estado de Alarma aprobado por el Real Decreto 463/2020 en fecha de 21 de junio de 2020, en esa fecha decayeron en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora pudieran corresponder, y cualquier medida adoptada en base a éstas, salvo que consistiesen en sanciones firmes, y es evidente que no es el caso, por lo que resulta ciertamente irregular que se pretenda sancionar ahora una presunta infracción para la que hace cerca de un año que se carece de competencia en materia sancionadora.
TERCERO.
Conforme a lo expuesto anteriormente, quiero manifestar que ni cometí la desobediencia que se me imputa, ni en ningún caso existe la competencia para sancionar dichos hechos por parte del órgano actuante, por lo que entiendo que el acuerdo de inicio de expediente sancionador que se me ha notificado contraviene radicalmente lo dispuesto en la normativa de aplicación y como tal debe ser archivado, y de no ser así supondría un quebrantamiento manifiesto del principio de legalidad, reconocido en el artículo 25 de la Constitución Española.
Por todo lo anteriormente expuesto,
SOLICITO: Que admita el presente escrito de alegaciones contra acuerdo de inicio de expediente sancionador de fecha 16 de abril de 2021, relativo al expediente núm. *******************, acordando el archivo del procedimiento sancionador.
En su atención,
En Madrid, a ** de ***** de 2021
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ÁREA DE GOBIERNO DE PORTAVOZ, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
C/ PRINCIPE DE VERGARA, 140 - 28002 MADRID
No puedo ayudar más que estoy de curro hasta el huevo y también tengo a amigos y familia echándome más cosas al cajón de los pendientes , pero por si a alguno le vale de modelo, ahí lo dejo.
Eres grande Godo. No se si sirve para mi caso porque soy de otra comunidad autónoma, pero está muy bien que lo subas y lo agradezco
Re: Multa toque de queda
A ver si alguien puede aclararme una duda: en todas partes que se habla de ilegalidad se dice al respecto del primer estado de alarma, pero hubo cuatro estados de alarma o así. Cada uno tiene su legislación? Se cubrieron las espsldas tras el primero o algo así?
No es una duda menor de cara a alegar...
No es una duda menor de cara a alegar...
Re: Multa toque de queda
odklas escribió:A ver si alguien puede aclararme una duda: en todas partes que se habla de ilegalidad se dice al respecto del primer estado de alarma, pero hubo cuatro estados de alarma o así. Cada uno tiene su legislación? Se cubrieron las espsldas tras el primero o algo así?
No es una duda menor de cara a alegar...
https://elpais.com/espana/2021-07-15/la-decision-del-constitucional-deja-en-el-aire-el-pago-de-decenas-de-miles-de-multas-del-estado-de-alarma.html
borope- Mensajes : 12997
Fecha de inscripción : 24/03/2008
Re: Multa toque de queda
https://www.abc.es/espana/abci-nuevo-golpe-estado-alarma-gobierno-segundo-tambien-inconstitucional-202110271435_noticia.html?ref=https%3A%2F%2Fwww.google.com%2F
Todo este rollo que hicieron fue anticonstitucional, y todas las multas como la que me pusieron ilegales.
Por si a alguno le interesa qué pasó al final con mi caso os lo cuento: tomé la decisión de recurrir. me busqué un abogado en milanuncios que me redactó un escrito por 30 pavos. el tipo se lo curró, mogollón de páginas y un galimatías guapo. entregué eso en la policía y nunca más se supo... y pretendían meterme 600 napos por andar solo por la calle volviendo a casa... en fin
un saludo a todos los que me recomendaron agachar las orejas. y si alguno fue multado y pagó (algo que también entiendo ya que nos tienen bien adocenados) que no se olvide ahora de reclamar su pasta, pues le robaron...
Todo este rollo que hicieron fue anticonstitucional, y todas las multas como la que me pusieron ilegales.
Por si a alguno le interesa qué pasó al final con mi caso os lo cuento: tomé la decisión de recurrir. me busqué un abogado en milanuncios que me redactó un escrito por 30 pavos. el tipo se lo curró, mogollón de páginas y un galimatías guapo. entregué eso en la policía y nunca más se supo... y pretendían meterme 600 napos por andar solo por la calle volviendo a casa... en fin
un saludo a todos los que me recomendaron agachar las orejas. y si alguno fue multado y pagó (algo que también entiendo ya que nos tienen bien adocenados) que no se olvide ahora de reclamar su pasta, pues le robaron...
Re: Multa toque de queda
odklas escribió:https://www.abc.es/espana/abci-nuevo-golpe-estado-alarma-gobierno-segundo-tambien-inconstitucional-202110271435_noticia.html?ref=https%3A%2F%2Fwww.google.com%2F
Todo este rollo que hicieron fue anticonstitucional, y todas las multas como la que me pusieron ilegales.
Por si a alguno le interesa qué pasó al final con mi caso os lo cuento: tomé la decisión de recurrir. me busqué un abogado en milanuncios que me redactó un escrito por 30 pavos. el tipo se lo curró, mogollón de páginas y un galimatías guapo. entregué eso en la policía y nunca más se supo... y pretendían meterme 600 napos por andar solo por la calle volviendo a casa... en fin
un saludo a todos los que me recomendaron agachar las orejas. y si alguno fue multado y pagó (algo que también entiendo ya que nos tienen bien adocenados) que no se olvide ahora de reclamar su pasta, pues le robaron...
Enhorabuena, Odklas, por no haber sido más listo que nadie pero, sobretodo, por no haber sido más tonto de lo que te convenía.
MANCHETTE- Mensajes : 2009
Fecha de inscripción : 23/09/2016
Re: Multa toque de queda
Felicidades a todos los insolidarios que se saltaron el confinamiento por sus cojones morenos.
Dani- Mensajes : 44191
Fecha de inscripción : 12/08/2010
Re: Multa toque de queda
Dani escribió:Felicidades a todos los insolidarios que se saltaron el confinamiento por sus cojones morenos.
algunas de las medidas de todo esto han sido absurdas. el toque de queda fue una de ellas. en mitad de una pandemia puedo ver lógico limitar, o incluso prohibir, las reuniones multitudinarias por ejemplo. pero la libre circulación, en solitario, a unas determinadas horas (y puedo añadir "por sus cojones morenos" como dices tú, ya que como puedes ver era inconstitucional)... lo siento pero no. pero vamos, que paso de entrar en el bucle.
un saludo.
Última edición por odklas el Jue Oct 28 2021, 01:37, editado 2 veces
Re: Multa toque de queda
Dani escribió:Felicidades a todos los insolidarios que se saltaron el confinamiento por sus cojones morenos.
Asesinos involuntarios tiene mas “punch”, pero no esta mal…
Toro- Mensajes : 28467
Fecha de inscripción : 14/05/2010
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